Biografías
A lo largo de los siglos, el espacio cultural formado por la Monarquía Hispánica y el mundo ibérico desarrolló una tradición intelectual singular: una reflexión sobre la libertad que no nació de la ruptura revolucionaria, sino de la elaboración jurídica y moral del poder. Desde el siglo XVI, las universidades de Salamanca, Coimbra y Évora articularon una comunidad que pensó la política a partir del derecho natural y la limitación estructural de la autoridad.
Este lenguaje político cruzó el Atlántico y se transformó en América. Las independencias hispanoamericanas no supusieron el abandono de aquella tradición, sino su evolución hacia el constitucionalismo republicano. La unidad dejó de ser territorial para convertirse en civilizatoria: una lengua, un derecho y una misma concepción del poder como servicio al bien común permanecieron compartidos a ambos lados del océano.
La tradición hispánica de la libertad no es una corriente marginal, sino uno de los pilares de Occidente. Es una vía distinta de la ilustración contractualista, pero convergente en sus resultados: la afirmación de que la libertad es un orden moral previo al poder político.
A continuación, presentamos un horizonte temporal continuo donde las ideas aparecen, se transmiten y se transforman, desde la Escuela Ibérica del siglo XVI hasta el pensamiento contemporáneo.
La tradición hispánica y la tradición anglo-americana dialogan sobre la libertad, la conciencia, la justicia y los límites del poder. La columna dorada reúne a los autores del directorio; la azul recorre sus conexiones con el mundo anglo-americano: recepción, debate, refutación y afinidades de pensamiento.
Orden cronológico por nacimiento; cuando se desconoce, por actividad documentada o defunción conocida. «fl.» indica actividad; «c.», una fecha aproximada; «†», defunción.EL ATLAS DE ESCUELA HISPÁNICA
Explora nuestro legado intelectual
Geografía del pensamiento
Selecciona un país en el mapa para descubrir sus autores.
Tradición hispánica
Tradición anglo-americana

Francisco de Vitoria
EspañaFrancisco de Vitoria nació en Burgos hacia 1483 y murió en Salamanca el 12 de agosto de 1546. Ingresó en la Orden de Predicadores (dominicos) y se formó intelectualmente en la Universidad de París, el principal centro teológico europeo de su tiempo, donde estudió profundamente a Tomás de Aquino. A su regreso a España fue nombrado catedrático de Prima de Teología en la Universidad de Salamanca, desde donde impulsó una renovación intelectual que marcaría el pensamiento europeo durante siglos y daría origen a la llamada Segunda Escolástica.
El contexto histórico de su obra fue decisivo: el descubrimiento de América planteó por primera vez a Europa un problema radicalmente nuevo. ¿Qué legitimidad tenía una potencia cristiana para dominar pueblos no cristianos? La tradición medieval no ofrecía respuestas claras para una realidad verdaderamente global. Vitoria convirtió esta cuestión práctica en un problema filosófico universal.
Sus enseñanzas se conservan en las Relectiones, conferencias académicas dictadas entre 1537 y 1540 y publicadas póstumamente, entre las cuales destacan De Indis (1539) y De iure belli (1539). En ellas rechaza dos ideas dominantes de su época: la autoridad universal del Papa sobre toda la humanidad y el derecho automático de conquista por superioridad religiosa o cultural. Ninguna nación, sostiene, puede apropiarse legítimamente del dominio político de otra simplemente por ser pagana o menos civilizada.
Su argumento parte de una premisa revolucionaria para el siglo XVI: todos los seres humanos comparten la misma naturaleza racional y, por tanto, poseen derechos políticos naturales. Los pueblos indígenas americanos tienen legítima soberanía sobre sus territorios, sus leyes y sus gobernantes. La conversión religiosa no puede imponerse por la fuerza, y la guerra solo puede justificarse bajo criterios estrictos de justicia.
Con ello Vitoria transforma la teología moral en teoría política universal. La comunidad política no nace del poder, sino de la sociabilidad humana. El poder es legítimo solo si protege el bien común y respeta un orden moral previo. Surge así la noción de ius gentium moderno: existe un derecho de las naciones anterior a cualquier imperio.
Esta idea inaugura el derecho internacional contemporáneo. Las relaciones entre pueblos no se basan en jerarquías religiosas o imperiales, sino en normas comunes derivadas de la razón natural: libertad de comercio, derecho de comunicación entre pueblos, protección de inocentes en guerra y límites al uso de la fuerza. La guerra deja de ser instrumento normal de expansión política y pasa a ser un recurso excepcional sometido a condiciones jurídicas.
El alcance filosófico es profundo. Vitoria introduce la noción de derechos anteriores al Estado: la autoridad política no crea la dignidad humana, la reconoce. El poder queda subordinado a la justicia. Este principio, aplicado primero a la relación entre imperios y pueblos indígenas, terminará influyendo en la idea moderna de derechos humanos y en la legitimidad condicionada del gobierno.
De este modo, Francisco de Vitoria establece el fundamento remoto del constitucionalismo: si existen derechos previos al poder, el gobierno debe limitarse por normas superiores. La política deja de ser mera dominación y pasa a ser orden jurídico. Su pensamiento abre el camino hacia una concepción universalista de la comunidad humana, donde ninguna autoridad puede reclamar legitimidad absoluta sin referencia al derecho natural.
Fundador del derecho internacional moderno; defendió los derechos naturales de los indígenas y la soberanía basada en la razón.

Bartolomé de las Casas
EspañaBartolomé de las Casas nació en Sevilla en 1484, hijo de un comerciante que había participado en el segundo viaje de Colón. Llegó a América siendo joven y recibió encomiendas, pero su experiencia directa con el sistema colonial lo llevó a una profunda conversión moral. Ingresó en la orden dominica y dedicó su vida a la defensa jurídica de los indígenas.
Su actividad fue tanto intelectual como política: participó en debates imperiales, influyó en legislación y protagonizó la famosa controversia de Valladolid (1550–1551). No era simplemente un humanitario; elaboró una teoría jurídica completa.
En la Apologética historia sumaria y otros escritos sostiene que los pueblos indígenas poseen razón política plena. Tienen ciudades, leyes y autoridad legítima. Por tanto, ninguna guerra de conquista es justa sin agresión previa real.
Las Casas va más allá de Vitoria: afirma que la evangelización no otorga dominio político. La conversión debe ser libre y el poder civil permanece en manos de los pueblos.
Su doctrina introduce la igualdad jurídica universal como principio operativo. No se trata solo de dignidad espiritual: implica consecuencias institucionales, incluyendo autogobierno local y límites a la autoridad imperial.
Murió en Madrid en 1566. Su pensamiento influyó en legislación indiana y en debates europeos posteriores sobre derechos humanos y colonización.
Propuso la igualdad jurídica universal y argumentó que el poder civil pertenece a los pueblos, independientemente de su religión.
Juan de Medina
EspañaTeólogo vinculado a Alcalá, cuya obra abordó la penitencia y problemas morales relativos a la restitución y los contratos.
Su inclusión permite reconocer que la reflexión escolástica sobre justicia económica no se limitó a Salamanca, sino que tuvo otros centros universitarios.

Martín de Azpilcueta
Reino de NavarraMartín de Azpilcueta nació en Barásoain (Navarra) en 1492, el mismo año del descubrimiento de América, y murió en Roma el 21 de junio de 1586. Canónigo y teólogo formado en Alcalá y Toulouse, desarrolló la mayor parte de su carrera académica como profesor en las universidades de Salamanca y Coimbra, convirtiéndose en una de las figuras jurídicas más influyentes del Renacimiento europeo. Fue conocido en su tiempo como el Doctor Navarrus, nombre bajo el cual circularon ampliamente sus obras por toda Europa.
Aunque escribió numerosos tratados de derecho canónico y moral —entre ellos el influyente Manual de confesores y penitentes (1553)— su aportación decisiva a la historia del pensamiento económico se encuentra en el Comentario resolutorio de cambios (1556). Este breve texto, redactado inicialmente para orientar moralmente a comerciantes y banqueros, contiene una intuición revolucionaria: el valor del dinero depende de su abundancia o escasez relativa en la sociedad.
Azpilcueta observó empíricamente un fenómeno nuevo en la Castilla del siglo XVI: la llegada masiva de plata americana no había enriquecido realmente a la población, sino que había elevado los precios de forma generalizada. Es decir, el dinero había perdido poder adquisitivo. A partir de esta constatación concluyó que la moneda no vale por decreto del soberano ni por su materialidad, sino por su relación con los bienes disponibles y con la demanda social.
Se trataba de la primera formulación clara de la teoría cuantitativa del dinero: cuando aumenta la cantidad de moneda, disminuye su valor.
El alcance filosófico de esta idea es enorme. Hasta entonces la moneda se concebía principalmente como un instrumento jurídico del poder político; Azpilcueta la convierte en un fenómeno social. El dinero pasa a entenderse como una institución que emerge de las relaciones humanas, no como una creación soberana capaz de generar riqueza por sí misma.
De esta premisa deriva una consecuencia moral: si alterar la cantidad de dinero reduce su valor, entonces la manipulación monetaria perjudica injustamente a los ciudadanos. La inflación equivale a una transferencia de riqueza no consentida. Por tanto, la autoridad no puede enriquecerse mediante devaluaciones sin violar la justicia distributiva. La política monetaria queda sometida a la ley moral.
Azpilcueta introduce así una idea que siglos después será central en la filosofía política moderna: el poder no puede apropiarse indirectamente de la propiedad privada mediante mecanismos técnicos invisibles. La riqueza no se crea por decreto; solo puede surgir del trabajo, el intercambio y la producción. El Estado no controla el valor económico, sino que debe respetar un orden previo.
Su pensamiento anticipa debates posteriores sobre el dinero fiduciario, la inflación como impuesto oculto y los límites constitucionales al poder fiscal. En el mundo anglosajón estas cuestiones aparecerán más tarde vinculadas a la protección de la propiedad y a la desconfianza hacia la manipulación monetaria por la autoridad política.
De este modo, Azpilcueta no solo inaugura la teoría monetaria moderna, sino que introduce una dimensión ética en la economía: la estabilidad monetaria es una cuestión de justicia. El orden económico, al igual que el político, no puede basarse en la arbitrariedad del poder sino en reglas generales respetuosas con la libertad humana. Su reflexión convierte la moneda en un fenómeno moral antes que administrativo, preparando así uno de los pilares conceptuales del pensamiento económico posterior.
Formuló por primera vez la teoría cuantitativa del dinero, vinculando su valor a la escasez y criticando la manipulación monetaria.

Domingo de Soto
EspañaDomingo de Soto nació en Segovia en 1494 y murió en Salamanca el 15 de noviembre de 1560. Ingresó en la Orden de Predicadores (dominicos) y se formó en la Universidad de Alcalá antes de trasladarse a Salamanca, donde fue discípulo directo de Francisco de Vitoria y se convirtió en una de las figuras centrales de la llamada Segunda Escolástica. Su prestigio intelectual fue tal que Carlos V lo nombró teólogo imperial en el Concilio de Trento, donde participó en los debates doctrinales decisivos de la Europa del siglo XVI. Sin embargo, su importancia histórica no se limita a la teología: Soto es uno de los grandes arquitectos del pensamiento jurídico y económico moderno.
Su obra más influyente, De Iustitia et Iure (1553–1554), constituye una de las exposiciones más completas de filosofía del derecho natural del Renacimiento. En ella aborda sistemáticamente cuestiones de propiedad, comercio, contratos, pobreza, trabajo, impuestos y poder político. No se trata de un tratado económico en sentido técnico, sino de una teoría moral del orden social, donde la economía aparece integrada dentro de la justicia.
Su aportación más innovadora es la formulación de la teoría del precio justo. Frente a la concepción medieval que identificaba el precio justo con un valor objetivo determinado por la autoridad o por una supuesta esencia moral del bien, Soto sostiene que el valor económico depende de la estimación común de la comunidad. Es decir, el precio justo es el precio que surge en el mercado cuando los intercambios se realizan libremente.
El mercado no es, por tanto, un ámbito moralmente sospechoso ni un espacio caótico, sino un mecanismo social de coordinación racional. Los precios no se fijan desde fuera, sino que emergen de la interacción de necesidades, escasez y preferencias humanas. Soto introduce así una idea que siglos después será central en la economía moderna: el orden económico puede surgir espontáneamente sin planificación política.
Esta conclusión tiene implicaciones políticas decisivas. Si el precio nace de la interacción social, el poder público no puede determinarlo arbitrariamente sin generar injusticia. La fijación forzosa de precios rompe la equidad de los intercambios porque sustituye la realidad social por la voluntad del gobernante. El Estado no crea el valor económico; solo puede proteger el marco jurídico en el que surge.
De este modo, Soto vincula economía y libertad civil: la justicia en los intercambios depende de la libertad de contratación. La economía deja de ser un ámbito subordinado al poder y pasa a ser una dimensión propia del orden natural humano. La autoridad política queda limitada estructuralmente, pues no puede alterar sin consecuencias la coordinación espontánea de la sociedad.
Su pensamiento anticipa elementos fundamentales de la economía clásica —especialmente la noción de precio de mercado como indicador de información social— y prepara la posterior idea de orden espontáneo. Pero, a diferencia de los economistas modernos, Soto llega a estas conclusiones desde la filosofía moral: la libertad económica es exigida por la justicia, no solo por la eficiencia.
Así, Domingo de Soto contribuye a una transformación intelectual profunda: el reconocimiento de que la sociedad posee mecanismos internos de organización anteriores al Estado. La autoridad política no debe dirigir la vida económica, sino respetar un orden que la precede. Esta limitación del poder en materia económica se convertirá siglos después en uno de los pilares del constitucionalismo liberal.
Arquitecto del derecho natural; formuló la teoría del precio justo basada en la estimación común del mercado.
Fernán Pérez de Oliva
EspañaHumanista renacentista y autor del Diálogo de la dignidad del hombre. Sus escritos formaron parte de la renovación cultural hispánica del siglo XVI.
La pregunta por la condición y dignidad humanas ofrece un punto de encuentro entre el humanismo y la reflexión moral desarrollada por los escolásticos.
Domingo de Santo Tomás
España / Charcas, Virreinato del PerúSu actividad americana transcurrió en el virreinato del Perú. Murió en La Plata, en Charcas, hoy Sucre (Bolivia), en 1570.
Dominico y estudioso del quechua en el virreinato del Perú. Publicó en 1560 una gramática de esta lengua, fruto de su actividad misionera.
Su labor lingüística forma parte del encuentro intelectual entre culturas y de la atención a las sociedades indígenas que atravesó el pensamiento hispánico americano.
Mancio de Corpus Christi
EspañaDominico que enseñó en Alcalá y Salamanca. Su nacimiento se fecha de manera distinta en las fuentes; por ello se indica de forma aproximada. Ocupó la cátedra de Prima de Teología en Salamanca.
Su magisterio prolongó la tradición de comentario a Tomás de Aquino y contribuyó a formar nuevas generaciones de teólogos.
Bartolomé de Carranza
EspañaDominico y teólogo, maestro de Juan de la Peña en San Gregorio de Valladolid. Participó en el ambiente intelectual en que se discutía la legitimidad de la conquista americana.
Su magisterio enlaza la formación teológica con las controversias sobre poder, guerra y dignidad humana que atravesaron esta tradición.

Alonso de la Vera Cruz
Virreinato de Nueva EspañaAlonso Gutiérrez, conocido como Alonso de la Vera Cruz, nació hacia 1507 en Caspueñas, cerca de Guadalajara. Estudió en Alcalá y Salamanca en pleno auge del pensamiento salmantino, bajo la influencia indirecta de Francisco de Vitoria. Ingresó en la Orden de San Agustín y partió a Nueva España en 1536, donde participó en la fundación de la Universidad de México.
Fue el primer filósofo sistemático del continente americano. Su obra abarca lógica, física aristotélica, metafísica y filosofía política, pero su importancia histórica reside en sus tratados sobre la legitimidad del dominio español.
En De dominio infidelium et iusto bello (1553) y otros textos jurídicos sostiene que los pueblos indígenas poseen soberanía política legítima por derecho natural. No son menores de edad morales ni sociedades imperfectas; son comunidades políticas completas. Por tanto, la conquista no crea automáticamente un título de dominio.
Vera Cruz examina instituciones indígenas concretas —propiedad comunal, autoridad local, organización judicial— y concluye que la corona española solo puede gobernar legítimamente mediante acuerdos jurídicos y no por superioridad civilizatoria.
La radicalidad de su pensamiento consiste en universalizar la política: cualquier sociedad racional posee derecho a gobernarse. Esta afirmación convierte la expansión europea en un problema jurídico, no en una simple empresa de poder.
Murió en México en 1584 dejando una escuela filosófica americana propia. Su obra anticipa la teoría moderna de autodeterminación y constituye uno de los primeros intentos de filosofía política comparada intercultural.
Defendió la soberanía legítima de los pueblos indígenas por derecho natural y la autodeterminación política.
Diego de Chaves
EspañaDominico del entorno salmantino, impartió lecciones sobre la justicia en 1548–1549, siguiendo el magisterio de Domingo de Soto.
Su enseñanza pertenece al debate sobre justicia y obligaciones morales que conecta la teología con los problemas concretos de la vida política y económica.
Martín de Ledesma
España / PortugalDominico formado en el entorno de Vitoria y Soto, continuó su trayectoria docente en Coimbra. Su carrera enlaza los centros universitarios castellanos y portugueses del siglo XVI.
Representa la transmisión de la renovación teológica salmantina a Portugal y su incorporación a la enseñanza de la moral.
Melchor Cano
EspañaDominico y profesor de Teología en Salamanca. Su obra póstuma De locis theologicis (1563) sistematizó las fuentes y los procedimientos de la argumentación teológica.
Su atención a la razón y a la historia ayuda a comprender el método con que la escolástica examinaba las cuestiones morales.
Pedro de Sotomayor
EspañaDominico y profesor de Salamanca, sucedió a Domingo de Soto y dejó comentarios teológicos conservados en manuscritos.
Representa la continuidad del magisterio salmantino y de su análisis moral de las relaciones humanas, incluidas las transacciones económicas.

Diego de Covarrubias y Leyva
EspañaDiego de Covarrubias y Leyva (1512–1577) nació en Toledo y murió en Madrid; fue enterrado en Segovia. Jurista, profesor y obispo de Segovia, participó también en el Consejo de Castilla.
Sus estudios jurídicos abordaron cuestiones de propiedad, contratos y valoración de los bienes. Su atención a la estimación común es relevante para la historia del pensamiento económico, pero no equivale a una negación general de la facultad de las autoridades para regular los precios.
Estudió la estimación común de los bienes y problemas de derecho civil y canónico.
Domingo de Salazar
España / Filipinas bajo la Monarquía HispánicaDominico y primer obispo de Manila, nombrado en 1579. Su trayectoria llevó la tradición religiosa hispánica al ámbito asiático.
Sus intervenciones pertenecen a los debates sobre evangelización, gobierno y relaciones entre comunidades que acompañaron la expansión hispánica en el Pacífico.

Fernando Vázquez de Menchaca
EspañaFernando Vázquez de Menchaca nació en Valladolid en 1512 y murió en Sevilla en 1569. Jurista seglar, no teólogo, es uno de los autores más radicales de la tradición jurídica ibérica y probablemente uno de los pensadores políticos más modernos del siglo XVI. Su obra fue leída ampliamente en Europa y ejerció influencia en la teoría política protestante posterior.
Su tratado principal, Controversiarum illustrium aliarumque usu frequentium libri tres (1564), desarrolla una teoría sistemática del derecho natural basada en la libertad originaria de todos los hombres. Para Vázquez, la autoridad política no deriva de la naturaleza jerárquica del mundo ni de privilegios heredados, sino de un pacto racional entre individuos libres.
Afirma que todos los hombres nacen igualmente libres e independientes. Ninguno posee derecho natural a gobernar a otro. El poder surge exclusivamente por consentimiento. Esta idea, formulada antes de las teorías contractualistas modernas, constituye una de las primeras expresiones completas del principio de soberanía popular en Europa.
De este principio deriva una conclusión explosiva para su época: si la comunidad concede el poder, puede retirarlo. La obediencia política es condicional. La autoridad no es un atributo personal del gobernante, sino una función delegada.
Vázquez de Menchaca introduce así un lenguaje que anticipa directamente el contractualismo moderno. El Estado deja de ser una extensión natural del orden cósmico para convertirse en una institución artificial basada en acuerdos humanos. Su teoría será conocida fuera de España y contribuirá a la evolución del pensamiento político europeo hacia el constitucionalismo.
En términos filosóficos, transforma el derecho natural medieval en teoría política moderna: el fundamento del poder es la libertad humana, no la jerarquía.
Afirmó que el poder nace de un pacto racional entre individuos libres, anticipando la soberanía popular.

Ambrosio de Morales
Córdoba, Corona de CastillaHumanista, historiador y cronista del Reino, nacido en Córdoba en 1513 y fallecido en la misma ciudad el 21 de septiembre de 1591. Investigó el pasado mediante documentos, inscripciones y restos materiales. Su obra forma parte del humanismo hispánico del siglo XVI y de la renovación de los métodos históricos.
Su atención a las instituciones y a la experiencia histórica tuvo recepción fuera de la península. Marchamont Nedham lo invoca junto a Juan de Mariana en The Excellencie of a Free-State (1656), al discutir la distribución del poder. John Adams reproduce ese pasaje en su Defence (1787–1788), lo que permite seguir una referencia hispánica dentro de la discusión constitucional angloamericana.
Juan de la Peña
EspañaDominico formado en San Gregorio de Valladolid y profesor en Salamanca. Participó en las controversias sobre la presencia española en América.
Su reflexión sobre la guerra y la conquista examinó la legitimidad del uso de la fuerza y defendió la libertad y dignidad de los pueblos indígenas.
Arias Piñel
Portugal / EspañaJurista portugués vinculado a Coimbra y Salamanca. Su estudio del derecho romano combinó la tradición escolástica con la revisión crítica propia del humanismo jurídico.
Examinó la lesión enorme en los contratos, cuestión decisiva para pensar la equivalencia de las prestaciones y la justicia del intercambio.
Francisco Cervantes de Salazar
España / Virreinato de Nueva EspañaNació en Toledo, en la Corona de Castilla, hacia 1515 y murió en la ciudad de México, virreinato de Nueva España, en 1575.
Humanista toledano cuya trayectoria se desarrolló entre España y Nueva España. Su obra enlazó la cultura literaria peninsular con la vida intelectual mexicana.
Su relación con los escritos sobre la dignidad humana de Pérez de Oliva lo sitúa en la transmisión transatlántica del humanismo cristiano.
Miguel de Palacio Salazar
EspañaTeólogo secular vinculado a Salamanca, donde enseñó Artes y Teología. Fundó el Colegio de San Miguel y participó en los debates universitarios de su tiempo.
Sus lecciones sobre las leyes lo sitúan en la discusión escolástica sobre las normas que orientan la conducta humana y la convivencia.
Juan de Matienzo
España / Charcas, Virreinato del PerúLa Audiencia de Charcas pertenecía entonces al virreinato del Perú; su sede, La Plata, corresponde a la actual Sucre, en Bolivia.
Jurista nacido en Valladolid y activo en la Audiencia de Charcas. Su Gobierno del Perú (1567) examinó la organización política y social del virreinato.
Su reflexión económica y jurídica debe leerse dentro del orden colonial que defendía: contribuyó al debate sobre gobierno y precios, sin superar todas sus jerarquías.
Francisco García
EspañaDominico y autor del Tratado utilísimo y muy general de todos los contratos, impreso en Valencia en 1583.
Su obra aborda los negocios humanos desde la justicia contractual, un eje que conecta la teología moral con la reflexión hispánica sobre la economía.
Francisco Sarmiento de Mendoza
EspañaCanonista y obispo de Astorga y Jaén, autor de Selectarum interpretationum. Su trayectoria reunió el estudio jurídico y el gobierno eclesiástico.
Discutió cuestiones de justicia y obligaciones de los clérigos, mostrando que la tradición escolástica incluía controversias sustantivas entre sus autores.
Pedro de Pravia
España / Virreinato de Nueva EspañaDominico que desarrolló su actividad teológica en Nueva España. Su enseñanza forma parte de la recepción americana del pensamiento de Tomás de Aquino.
Su trayectoria muestra cómo la escolástica se convirtió en una tradición universitaria transatlántica, adaptada a nuevas comunidades y problemas.

Tomás de Mercado
España / Virreinato de Nueva EspañaTomás de Mercado (c. 1525–1575) fue un dominico cuya formación y actividad transcurrieron entre Nueva España y Sevilla. Murió en 1575 durante la travesía de regreso a Nueva España, frente a Veracruz.
En Suma de tratos y contratos (1569; edición ampliada en 1571) examinó el comercio, los cambios, los préstamos y la justicia de las transacciones. Su reflexión integra la actividad mercantil en la teología moral: considera el precio justo, la usura, el fraude y las obligaciones de los contratantes, y no identifica sin más justicia económica con ausencia de regulación.
Analizó los contratos, el dinero y el comercio atlántico desde la teología moral.
Juan Blas Navarro
EspañaTeólogo y rector de la Universidad de Valencia en 1574. Entre sus discípulos figuró Miguel Bartolomé Salón.
Su magisterio permite seguir las redes de transmisión de la escolástica en Valencia y la relación entre maestros y generaciones posteriores.

Bartolomé de Medina
EspañaBartolomé de Medina (1527–1580) fue un teólogo dominico y profesor de la Universidad de Salamanca. El registro de autoridad de PARES sitúa su fallecimiento el 31 de diciembre de 1580, aunque algunas referencias secundarias ofrecen 1581.
Su nombre está asociado a la formulación del probabilismo moral: en ciertas situaciones de duda puede seguirse una opinión sólidamente probable aunque otra parezca más probable. Esta doctrina pertenece al debate de la teología moral y no debe identificarse directamente con la tolerancia política moderna.
Formuló una versión influyente del probabilismo moral para la deliberación en situaciones de duda.
Fray Luis de León
EspañaAgustino, humanista y profesor de Salamanca, combinó la investigación bíblica, la creación literaria y la enseñanza teológica. Escribió De los nombres de Cristo y lecciones sobre las leyes.
Su obra reúne la reflexión sobre la ley, la formación moral y la dignidad de la vida humana dentro del humanismo cristiano.
Pedro Fernández
EspañaDominico formado en San Esteban de Salamanca y teólogo en el Concilio de Trento. Sus comentarios a Tomás de Aquino estudian la compraventa y el préstamo.
Examinó la justicia en los contratos y la usura, conectando los principios morales con las obligaciones que nacen del intercambio.

Domingo Báñez
EspañaDomingo Báñez nació en Valladolid en 1528 y murió en Medina del Campo en 1604. Dominico, discípulo intelectual de la escuela de Vitoria, fue uno de los grandes teólogos de la Contrarreforma y principal oponente intelectual de Molina en la famosa controversia de auxiliis sobre libertad y gracia.
Su obra principal consiste en Comentarios a la Summa Theologiae publicados entre 1584 y 1604. Aunque aparentemente teológicos, contienen profundas implicaciones filosóficas y políticas.
Báñez defendió una concepción robusta de causalidad y ley natural: el mundo moral posee una estructura objetiva racional que la voluntad humana no puede alterar arbitrariamente. La libertad no consiste en ausencia de orden, sino en actuar conforme a la razón.
Esto tiene consecuencias políticas: la autoridad humana está subordinada a la ley natural. El gobernante no crea el bien y el mal por decreto. La ley injusta no obliga en conciencia.
Aunque menos directamente económico que otros salmantinos, Báñez contribuyó decisivamente a la idea de límites objetivos del poder político. La autoridad no es fuente última de normatividad. Existe un orden moral previo que el derecho debe reflejar.
Su pensamiento refuerza la base metafísica del constitucionalismo: el poder legítimo es poder conforme a la razón, no mera voluntad dominante.
Defendió los límites objetivos del poder político; la autoridad no crea el derecho, sino que debe reflejarlo.

Pedro da Fonseca
PortugalPedro da Fonseca (1528–1599) fue un filósofo jesuita portugués, conocido como el «Aristóteles portugués». Enseñó y desarrolló su actividad intelectual en el ámbito universitario portugués, especialmente en Coimbra.
Sus Institutionum Dialecticarum libri octo (1564) y sus comentarios a la Metafísica de Aristóteles contribuyeron al desarrollo de la lógica y la metafísica escolásticas. Su obra pertenece a la escolástica del siglo XVI; no precede a la de Francisco de Vitoria ni permite atribuirle el origen de toda la teoría política escolástica posterior.
Sistematizó la lógica y la metafísica aristotélicas en la escolástica portuguesa del siglo XVI.
Manuel de Sá
Reino de Portugal / Ducado de MilánJesuita nacido en Vila do Conde, en el reino de Portugal, y fallecido en Arona, en el ducado de Milán. Enseñó en distintos centros de la Compañía de Jesús y destacó como teólogo y exegeta. Sus Aphorismi confessariorum recogen cuestiones de teología moral destinadas a orientar a los confesores.
Su obra muestra cómo la reflexión escolástica alcanzaba decisiones concretas de conciencia. Conecta enseñanza, interpretación de las Escrituras y responsabilidad moral en una red intelectual de alcance europeo.
Juan Ramírez de Arellano
España / Reino de GuatemalaDominico y obispo de Guatemala, conocido por su defensa de los indígenas. Las fuentes difieren ligeramente sobre su año de nacimiento, aquí indicado de forma aproximada.
Su actuación conecta la reflexión sobre la justicia con la denuncia de abusos y la responsabilidad de las autoridades en América.
Luis López
España / Nueva España / Reino de GuatemalaDominico con experiencia misionera en Chiapas y Guatemala, autor del Instructorium conscientiae y de un tratado sobre contratos y negocios.
Su experiencia americana y su estudio del comercio enlazan la práctica moral con los problemas de justicia suscitados por mercaderes y encomenderos.
António de São Domingos
Reino de PortugalDominico portugués y profesor de teología en la Universidad de Coimbra, donde ocupó la cátedra de Prima desde 1574. Su enseñanza se inscribe en la recepción de Tomás de Aquino y en los debates ibéricos sobre el gobierno y las relaciones entre pueblos.
Permite seguir la elaboración portuguesa de cuestiones sobre autoridad, justicia y legitimidad de las relaciones políticas. Su presencia vincula la tradición dominicana de Coimbra con el horizonte de problemas de la Escuela de Salamanca.
Francisco de Toledo
España / Estados PontificiosJesuita cordobés, profesor de filosofía y teología en el Colegio Romano y posteriormente cardenal. Su carrera llevó la formación escolástica hispánica al centro de la vida intelectual romana.
Su docencia contribuyó a la circulación europea de la filosofía y la teología cultivadas en las universidades hispánicas.
Juan de Ribera
EspañaTeólogo formado en Salamanca, arzobispo de Valencia y fundador del Colegio del Corpus Christi. Su actuación reunió responsabilidades religiosas y políticas.
Su apoyo a la expulsión de los moriscos obliga a distinguir esta vertiente de la tradición de las posiciones favorables a la tolerancia y a los límites de la coacción.
Juan Gil de la Nava
EspañaTeólogo del Colegio de San Bartolomé de Salamanca, en el que ejerció como rector. Enseñó Artes, Filosofía Moral y Teología. Las fechas indican actividad documentada, no nacimiento y defunción.
Su trayectoria muestra la conexión universitaria entre filosofía moral y teología en el contexto de la renovación salmantina.

José de Anchieta
Corona de Castilla / Brasil bajo la Corona portuguesaJosé de Anchieta nació en La Laguna (Tenerife) en 1534 y entró en la Compañía de Jesús siendo muy joven. Fue enviado a Brasil, donde pasó la mayor parte de su vida entre pueblos indígenas.
Aprendió lenguas locales, escribió gramáticas y catecismos, y organizó comunidades autónomas llamadas reducciones. Estas comunidades no eran simples misiones: eran estructuras políticas híbridas donde coexistían autoridad indígena y organización cristiana.
Anchieta comprendía la política como orden social gradual. La autoridad legítima debía surgir desde las formas culturales existentes y no imponerse violentamente. Esta idea refleja la noción escolástica de ley natural aplicada antropológicamente.
Su obra epistolar muestra una concepción práctica del poder: gobernar consiste en armonizar comunidad, moral y costumbre. Anticipa el principio moderno de subsidiariedad.
Murió en 1597 en Brasil. Es considerado fundador intelectual de la sociedad brasileña colonial.
Implementó estructuras políticas subsidiarias y organizó comunidades respetando las formas culturales locales.

Luis de Molina
EspañaLuis de Molina nació en Cuenca en 1535 y murió en Madrid en 1600. Jesuita y profesor en Coimbra, fue una de las figuras intelectuales más influyentes de la Europa del siglo XVI. Su fama procede principalmente de la controversia sobre la libertad humana y la gracia divina, pero su pensamiento abarca también economía, derecho y teoría política.
Su obra monumental, De Iustitia et Iure (1593–1609), constituye uno de los tratados más extensos sobre derecho natural y justicia económica. En ella desarrolla una teoría detallada de propiedad, contratos, comercio y precio.
Molina profundiza la idea salmantina del valor de mercado: el precio justo surge del acuerdo libre entre compradores y vendedores dentro de condiciones normales de competencia. Incluso si el resultado parece desigual, es justo si procede de consentimiento libre sin fraude ni coacción.
Su aportación filosófica clave es trasladar la libertad personal —defendida en su teoría de la gracia— al ámbito social. La cooperación económica es una extensión de la libertad humana. La sociedad se organiza mediante interacciones libres coordinadas por reglas generales.
También analizó la legitimidad de la esclavitud, el comercio internacional y la propiedad privada en términos de derecho natural, no de tradición política. La ley positiva debe respetar ese orden racional previo.
Con Molina, la escolástica alcanza una formulación casi completa de la economía de mercado como institución moral legítima. El comercio deja de ser tolerado para convertirse en expresión de sociabilidad racional.
Definió el mercado como institución moral donde el precio surge del acuerdo libre, vinculando economía y libertad.
Gabriel de Toro
EspañaFranciscano vinculado a Salamanca y autor del Tesoro de misericordia divina y humana, publicado en 1536. La fecha corresponde a su actividad literaria.
Estudió el deber de atender a los necesitados, relacionando caridad, pobreza e instituciones asistenciales dentro de la reflexión moral de su tiempo.

Juan de Mariana
EspañaJuan de Mariana nació en Talavera de la Reina (Corona de Castilla) el 2 de abril de 1536 y murió en Toledo el 17 de febrero de 1624. Ingresó muy joven en la Compañía de Jesús y se formó en Alcalá de Henares y Roma. Durante su juventud enseñó teología en el Colegio Romano y en la Sorbona de París, experiencia decisiva porque lo puso en contacto directo con las guerras de religión francesas, el problema del tiranicidio y los debates europeos sobre legitimidad política. A su regreso definitivo a España se estableció en Toledo, donde escribió la mayor parte de su obra histórica, económica y política.
Aunque fue un autor extremadamente prolífico —su Historiae de rebus Hispaniae (1592) fue durante siglos la historia oficial de España— su relevancia filosófica se concentra en tres campos: teoría del poder político, derecho de resistencia y crítica monetaria.
Su obra más influyente, De Rege et Regis Institutione (1599), constituye uno de los textos más radicales de la filosofía política europea anterior a la Ilustración. En ella Mariana desarrolla una teoría completa de la legitimidad política basada en la ley natural. Afirma que el poder no pertenece al rey por naturaleza ni por derecho divino directo, sino originalmente a la comunidad política, que lo delega en el gobernante para el bien común. El monarca es por tanto un magistrado fiduciario, no propietario del Estado.
De esta premisa deriva su tesis más famosa: si el gobernante viola la ley natural —oprime la libertad, confisca la propiedad o gobierna arbitrariamente— se convierte en tirano y puede ser depuesto. En determinadas circunstancias extremas, incluso justifica el tiranicidio. No se trata de una defensa de la violencia política indiscriminada, sino de una consecuencia lógica: si la autoridad deriva del pueblo, pierde legitimidad cuando destruye el orden moral que debía proteger.
Mariana también formula una teoría fiscal sorprendentemente moderna: los impuestos requieren consentimiento. La tributación sin aprobación social equivale moralmente a expropiación. Esta idea anticipa directamente el principio constitucional posterior de representación política.
Aún más novedosa fue su aportación económica. En De Monetae Mutatione (1609) criticó la manipulación de la moneda por parte de la Corona —la reducción del contenido metálico de las monedas— calificándola de forma de robo encubierto. Argumentó que la inflación generada por la autoridad es un impuesto ilegítimo porque reduce el poder adquisitivo sin consentimiento de los ciudadanos. Aquí aparece por primera vez una formulación moral del problema monetario moderno: el poder político no puede apropiarse indirectamente de la propiedad privada mediante la devaluación.
Estas tesis le costaron un proceso judicial por lesa majestad en 1609–1610. Fue detenido, interrogado por la Inquisición y su obra fue prohibida y quemada en París en 1610 tras el asesinato de Enrique IV, que algunos atribuyeron a la difusión de sus ideas sobre la tiranía. Aunque finalmente no fue condenado, el episodio revela hasta qué punto sus teorías se percibían como políticamente explosivas en la Europa absolutista.
La importancia histórica de Mariana radica en que conecta tres planos que hasta entonces habían permanecido parcialmente separados: teología moral, derecho público y economía. Para él, la libertad política no depende solo de la forma de gobierno, sino también del respeto a la propiedad, a la moneda sana y al consentimiento fiscal. El Estado queda así subordinado a un orden moral previo.
Sus ideas circularon ampliamente en Inglaterra durante el siglo XVII, en medio de las polémicas contra el absolutismo, y muchos de sus argumentos reaparecen posteriormente en Locke: soberanía popular, derecho de resistencia, función protectora del gobierno y centralidad de la propiedad. De forma indirecta, estos principios pasaron al constitucionalismo americano. No es casual que John Adams poseyera un ejemplar de De Rege y que Jefferson conociera su obra.
Mariana representa así uno de los puntos culminantes de la Segunda Escolástica: un pensamiento que, partiendo del tomismo, llega a formular una teoría plenamente moderna del poder limitado. En su filosofía, el Estado deja de ser una realidad casi natural para convertirse en una institución moralmente condicionada. Su conclusión puede resumirse en una idea simple pero revolucionaria para su tiempo: el poder político existe para proteger la libertad humana y pierde legitimidad cuando deja de hacerlo.
Examinó los límites de la autoridad, la resistencia a la tiranía y las obligaciones del gobernante; censuró la alteración de la moneda como lesión de la propiedad. Su pensamiento circuló en el debate angloamericano: Nedham lo invoca junto a Ambrosio de Morales en The Excellencie of a Free-State (1656), y Adams reproduce ese pasaje en su Defence (1787–1788). La Biblioteca Pública de Boston conserva además un ejemplar de De rege de 1611 perteneciente a la colección John Adams.
Miguel Bartolomé Salón
EspañaAgustino y profesor de Teología en Valencia, autor de una biografía de Tomás de Villanueva. Su carrera reunió docencia y gobierno dentro de su orden.
Su trayectoria forma parte de la red valenciana de reflexión teológica y moral vinculada a la tradición escolástica hispánica.

José de Acosta
España / Virreinato del PerúJosé de Acosta nació en Medina del Campo en 1540 y murió en Salamanca en 1600. Jesuita, misionero en Perú y México, fue uno de los primeros pensadores en analizar filosóficamente las sociedades no europeas desde criterios racionales y no meramente teológicos.
Su obra más conocida, De Procuranda Indorum Salute (1588) y la Historia natural y moral de las Indias (1590), no son solo textos misioneros, sino auténticos tratados de antropología filosófica. Acosta sostiene que los pueblos indígenas poseen racionalidad política propia y formas legítimas de organización social.
Rechaza la idea de inferioridad natural y argumenta que las diferencias culturales no invalidan la dignidad humana. La autoridad política debe adaptarse a la naturaleza de las comunidades, no destruirlas.
Este principio implica una noción universalista de humanidad: la ley natural es común a todos, pero su realización institucional puede variar. La civilización no es imposición sino desarrollo interno.
Acosta contribuye así al nacimiento de la antropología política moderna: la diversidad cultural es compatible con la unidad moral de la humanidad. La política legítima reconoce esa pluralidad.
Defendió la racionalidad política indígena y la unidad moral de la humanidad frente a la diversidad cultural.
Cristóbal de Villalón
EspañaAutor del Provechoso tratado de cambios y contrataciones, publicado en el siglo XVI. La identificación biográfica de los autores de este nombre presenta dificultades; se indican fechas documentadas de la obra.
Su tratado examina el comercio y la usura desde la moral, dentro del debate hispánico sobre la legitimidad de las operaciones económicas.

Roberto Belarmino
Estados PontificiosRoberto Francisco Rómulo Belarmino nació en Montepulciano (Gran Ducado de Toscana) el 4 de octubre de 1542 y murió en Roma el 17 de septiembre de 1621. Ingresó muy joven en la Compañía de Jesús y se formó en Roma, Padua y Lovaina, convirtiéndose pronto en uno de los grandes teólogos de la Contrarreforma. Fue profesor en el Colegio Romano, cardenal desde 1599 y asesor doctrinal del papado en una época marcada por las guerras de religión europeas, la crisis de autoridad tras la Reforma protestante y el auge de las monarquías absolutas.
Aunque su fama histórica suele vincularse a la controversia con el protestantismo —su monumental Disputationes de Controversiis Christianae Fidei (1586–1593) fue el tratado teológico más influyente del catolicismo moderno— su importancia filosófico-política es igualmente profunda. En obras como De Laicis (1610), De potestate summi pontificis in rebus temporalibus (1610) y en varios textos políticos previos integrados en las Controversias, Belarmino formuló una teoría del poder civil que transformó el debate europeo sobre soberanía.
Su tesis central parte de una distinción clave: el poder político procede de Dios en cuanto a su origen moral —porque la sociabilidad humana forma parte de la naturaleza—, pero no se concede directamente a ningún gobernante concreto. Reside primero en la comunidad política, que decide la forma de gobierno y delega la autoridad. El rey, por tanto, no gobierna por derecho divino personal, sino por mediación del pueblo.
Esta posición atacaba frontalmente la doctrina del derecho divino de los reyes defendida por los teóricos absolutistas ingleses y franceses. Frente a la idea de que el monarca es vicario inmediato de Dios, Belarmino sostiene que el gobernante es una autoridad derivada: la comunidad política es el sujeto inmediato del poder y el príncipe su administrador.
A partir de esta premisa introduce una consecuencia decisiva: si la autoridad procede del consentimiento de la comunidad, puede ser modificada cuando deja de cumplir su fin —el bien común—. No desarrolla la defensa directa del tiranicidio como hará Mariana, pero establece la base jurídica del constitucionalismo posterior: la autoridad política es condicional.
Su pensamiento tuvo un impacto enorme precisamente entre sus adversarios. El anglicano Robert Filmer escribió Patriarcha (publicado en 1680) para refutarlo, y al hacerlo difundió sus ideas en Inglaterra. La paradoja histórica es que, al atacar a Belarmino, introdujo su teoría de la soberanía popular en el debate político inglés que desembocaría en la Revolución Gloriosa y en Locke.
Belarmino también aportó una reflexión estructural sobre las formas de gobierno. Consideraba que ningún sistema puro —monarquía, aristocracia o democracia— era perfecto, y defendía una constitución mixta capaz de equilibrar estabilidad y libertad. Esta idea anticipa el modelo de gobierno combinado que caracterizará al constitucionalismo moderno y que más tarde aparecerá en el pensamiento político británico y estadounidense.
Su influencia fue particularmente importante en la tradición escolástica ibérica: Suárez sistematizará su teoría, y Mariana radicalizará sus consecuencias. De este modo, Belarmino ocupa una posición intermedia decisiva: traduce el tomismo medieval al lenguaje político moderno y proporciona la base conceptual que permitirá pensar el poder como representación y no como propiedad.
En última instancia, su aportación filosófica consiste en haber separado definitivamente legitimidad política y absolutismo. Para Belarmino, la autoridad no es una fuerza sagrada inherente al gobernante, sino una función moral delegada por la comunidad para preservar la justicia. Con ello contribuyó a la transición intelectual que llevaría desde la teología política medieval hasta el constitucionalismo contemporáneo: el poder es legítimo solo mientras permanece ordenado al bien común y sostenido por el consentimiento de quienes lo obedecen.
Sostuvo que la autoridad civil es mediata y derivada del consentimiento popular, influyendo en el constitucionalismo.
Luis de Alcalá
EspañaFranciscano y autor de un tratado sobre préstamos, compras adelantadas y ventas al fiado, impreso en 1543.
Su examen moral del crédito y de las modalidades de compraventa forma parte del debate que vinculó justicia e intercambio en la España del siglo XVI.
Manuel de Góis
Reino de PortugalJesuita nacido en Portel y fallecido en Coimbra, en el reino de Portugal. Enseñó filosofía y asumió la redacción de la mayor parte del Curso Conimbricense, publicado desde 1592. Sus comentarios abarcan filosofía natural, psicología y ética aristotélicas.
Su obra proporciona una base filosófica para comprender la acción humana, las virtudes y la deliberación moral. Muestra que la escolástica ibérica compartía un lenguaje racional, aunque sus autores discreparan sobre cuestiones concretas.
Juan de Orozco
EspañaJurista y profesor de leyes en Salamanca, autor de comentarios al Digesto publicados en 1558. No debe confundirse con el posterior obispo y escritor Juan de Horozco y Covarrubias.
Su estudio del derecho romano muestra la vertiente jurídica del entorno salmantino y su diálogo con la interpretación humanista de los textos.

Luis Saravia de la Calle
EspañaLuis Saravia de la Calle fue un jurista y economista castellano activo hacia mediados del siglo XVI. Se sabe poco de su vida personal, pero su obra tuvo gran relevancia en el debate económico temprano.
En su tratado sobre comercio y precios defendió que el valor de los bienes no depende de su esencia objetiva ni del decreto político, sino de la estimación común de los hombres en el intercambio. Es una de las primeras formulaciones explícitas del valor de mercado.
Su argumento atacaba la tradición medieval de precios fijados por autoridad. El gobernante no puede determinar el valor económico porque éste surge de la interacción social. La economía posee una lógica propia anterior al poder.
Saravia introduce así la idea de orden espontáneo: los precios coordinan información dispersa sin planificación central. Este principio será esencial en la economía posterior.
Aunque su nombre es poco citado, representa un eslabón decisivo en el tránsito desde la economía moral medieval hacia la economía social moderna.
En su tratado sobre comercio y precios defendió que el valor de los bienes no depende de su esencia objetiva ni del decreto político, sino de la estimación común de los hombres en el intercambio. Es una de las primeras formulaciones explícitas del valor de mercado. Su argumento atacaba la tradición medieval de precios fijados por autoridad. El gobernante no puede determinar el valor económico porque éste surge de la interacción social. La economía posee una lógica propia anterior al poder. Saravia introduce así la idea de orden espontáneo: los precios coordinan información dispersa sin planificación central. Este principio será esencial en la economía posterior.
Pedro de Ledesma
EspañaDominico y catedrático de Santo Tomás en Salamanca. Su Summa reunió cuestiones sacramentales y casos de conciencia para orientar la práctica moral.
Su obra muestra la función de la casuística: aplicar principios generales a situaciones concretas y examinar las obligaciones de la conciencia.

Pedro de Aragón
EspañaPedro de Aragón (c. 1545/1546–1592) fue un teólogo agustino y profesor de la Universidad de Salamanca. Su fecha de nacimiento se sitúa en torno a 1545–1546; profesó en la orden agustiniana en 1561.
Sus comentarios a la Summa Theologiae de Tomás de Aquino examinan, entre otras materias, la justicia y el dominio. Su obra se inscribe en los debates escolásticos sobre la propiedad, las obligaciones y el orden moral.
Estudió la justicia y el dominio dentro de la tradición teológica agustiniana y escolástica.
Manuel Rodríguez
PortugalFranciscano portugués, también conocido como Manoel Rodrigues, autor de una Suma de casos de conciencia difundida en el ámbito ibérico.
Su obra sistematizó problemas prácticos de moral y contribuyó a la circulación de la casuística entre las culturas portuguesa y española.
Fernão Rebelo
Reino de PortugalJesuita portugués y profesor de teología moral en Évora. Su Opus de obligationibus iustitiae, religionis et caritatis, publicado en 1608, estudia obligaciones, contratos y problemas de conciencia. Las fuentes sitúan su nacimiento en 1546 o 1547.
Relaciona la vida económica con las exigencias de la justicia y examina los títulos invocados para justificar la esclavitud. Sus argumentos deben leerse en su contexto, sin equiparar automáticamente las críticas a determinados abusos con el abolicionismo contemporáneo.
Pedro de Hortigosa
España / Virreinato de Nueva EspañaJesuita, también citado como Pedro de Ortigosa, cuya actividad se desarrolló en México. Participó en el entorno teológico del Tercer Concilio Mexicano.
Su trayectoria muestra la intervención de la teología moral en la organización de la vida eclesiástica y social de Nueva España.

Francisco Suárez
EspañaFrancisco Suárez nació en Granada el 5 de enero de 1548 y murió en Lisboa el 25 de septiembre de 1617. Jesuita, profesor en Salamanca, Roma, Alcalá, Coimbra y Évora, fue uno de los mayores filósofos sistemáticos de la Edad Moderna y probablemente el último gran metafísico escolástico con influencia directa en la política europea. Su obra abarca metafísica, teología moral y filosofía jurídica, pero su impacto político se concentró especialmente en Defensio Fidei Catholicae adversus Anglicanae sectae errores (1613).
La Defensio Fidei fue escrita en un contexto muy concreto: la crisis político-religiosa inglesa tras la Reforma anglicana. El rey Jacobo I de Inglaterra había impuesto el Juramento de Lealtad (Oath of Allegiance, 1606), que obligaba a negar cualquier autoridad supratemporal sobre el monarca y consolidaba una doctrina de derecho divino absoluto del rey. La obra de Suárez pretendía refutar esa posición, pero su respuesta acabó teniendo consecuencias mucho más amplias que la mera polémica confesional.
Suárez formuló con precisión una tesis revolucionaria: el poder político procede de Dios en cuanto fundamento último del orden moral, pero no se entrega directamente al rey, sino primero a la comunidad política, que lo delega en el gobernante mediante consentimiento. El rey no es propietario del poder; es su administrador. Por tanto, la autoridad civil es esencialmente fiduciaria.
Esta doctrina implicaba tres consecuencias decisivas:
El origen del poder es social, no personal.
El gobernante está limitado por el bien común y la ley natural.
Una comunidad puede resistir al tirano si destruye el orden jurídico.
Jacobo I entendió inmediatamente el alcance político de la obra. En 1614 ordenó quemar públicamente la Defensio Fideien Londres y Oxford. El texto fue considerado no sólo teológicamente peligroso sino constitucionalmente subversivo: negaba la base intelectual del absolutismo inglés en un momento de tensiones crecientes entre Corona y Parlamento.
Paradójicamente, la condena inglesa favoreció su difusión. Las universidades europeas —incluidas las del ámbito protestante— debatieron la tesis suareciana, y sus argumentos pasaron indirectamente al vocabulario político británico. En las décadas siguientes, durante las controversias del siglo XVII (guerra civil inglesa, Commonwealth y Revolución Gloriosa), la cuestión central ya no sería si el poder procede de Dios —eso se aceptaba— sino a quién pertenece inmediatamente: al rey o al pueblo.
En ese sentido, Suárez no influyó en Inglaterra como autor leído masivamente, sino como problema político inevitable. Los defensores del absolutismo tuvieron que refutarle; los constitucionalistas terminaron asumiendo su estructura conceptual: soberanía popular mediata, gobierno limitado y poder delegado. La filosofía política anglosajona del consentimiento —que culminará en Locke— se desarrolla dentro de ese marco polémico previamente definido.
Así, la contribución de Suárez no fue simplemente teológica. Al trasladar la soberanía desde la persona del monarca hacia la comunidad política, proporcionó la arquitectura conceptual sobre la que se construirían las teorías modernas del constitucionalismo: el poder como encargo revocable y subordinado a un orden jurídico superior.
Sistematizó una teoría del poder político en la que la autoridad reside originariamente en la comunidad y su transmisión al gobernante está sujeta al bien común y a la ley natural. Su recepción europea incluye las controversias de Robert Filmer y Algernon Sidney: este último lo menciona expresamente en los Discourses Concerning Government (1698, libro II, sección 2), al discutir la distinción entre poder paternal y político.
Gregorio de Valencia
España / Sacro Imperio Romano Germánico / Estados PontificiosJesuita formado en Salamanca y profesor en Dillingen e Ingolstadt. Sus Commentarii theologici organizaron una exposición sistemática de la teología a partir de Tomás de Aquino.
Su carrera expresa la proyección europea de la Segunda Escolástica y su adaptación a las controversias religiosas de la época.
Cristóbal de Fonseca
EspañaAgustino y escritor religioso, autor del Tratado del amor de Dios (1592) y de una Vida de Cristo.
Su obra representa la vertiente espiritual de la cultura moral hispánica. Su presencia en la colección no implica atribuirle una teoría económica o política propia de otros autores.
Miguel de Agia
España / Virreinato del PerúFranciscano valenciano activo en el Perú, autor de un estudio sobre el servicio personal indígena publicado en 1604.
Su obra examina la tensión entre libertad y coacción en el trabajo colonial. Sus argumentos no equivalen a una condena general de todos los servicios obligatorios.
Cosme de Magalhães
Reino de PortugalJesuita portugués vinculado a la enseñanza y a la elaboración del Curso Conimbricense. Participó en el volumen sobre el alma, publicado en 1598, al que se incorporó su tratado sobre problemas relativos a los cinco sentidos.
Su estudio de la percepción ayuda a explicar cómo esta tradición concebía el acceso humano al conocimiento. Aporta los fundamentos antropológicos y epistemológicos que acompañaban la reflexión moral y jurídica.
Juan de Roa Dávila
EspañaTeólogo y autor de De regnorum iustitia, obra recuperada en la colección Corpus Hispanorum de pace.
Su reflexión sobre la justicia de los reinos sitúa el ejercicio del poder dentro de un debate moral y jurídico, compartido por otros autores de la tradición hispánica.
Bartolomé de Albornoz
España / Virreinato de Nueva EspañaJurista vinculado a la primera Universidad de México y autor del Arte de los contratos (1573). Su obra aborda las relaciones económicas desde el razonamiento jurídico y moral.
Analizó contratos y problemas de legitimidad del intercambio. Su discusión de la esclavitud exige atender a sus argumentos concretos, sin atribuirle etiquetas contemporáneas.

Juan de Salas
EspañaJuan de Salas nació en 1553 en Castilla y murió en 1612. Jesuita y profesor en Salamanca, pertenece a la generación posterior a Suárez y participa en la maduración del pensamiento jurídico-económico escolástico.
Su obra principal, Commentarii in Secundam Secundae Divi Thomae, analiza detalladamente contratos, propiedad, restitución y justicia distributiva. Salas estudia el intercambio económico como relación interpersonal basada en confianza racional.
Desarrolla una idea clave: la justicia contractual depende del conocimiento real de las condiciones. El engaño invalida el contrato porque rompe la igualdad moral entre las partes. La economía se convierte así en una extensión de la ética de la comunicación humana.
Esto implica que el mercado no es moralmente neutro ni arbitrario: funciona correctamente cuando las reglas son generales y el consentimiento es libre. El poder político debe proteger esas condiciones, no sustituirlas.
Salas contribuye así a la concepción institucional del mercado: un orden de normas generales más que de decisiones concretas. Su pensamiento anticipa la noción moderna de seguridad jurídica como fundamento de la prosperidad económica.
Definió el mercado como un orden de normas basado en la confianza racional y la seguridad jurídica.
Leonardo Lessius
Ducado de Brabante, Países Bajos de los HabsburgoNació en Brecht en 1554 y murió en Lovaina en 1623: ambas ciudades se encontraban en el ducado de Brabante, en los Países Bajos de los Habsburgo, y hoy pertenecen a Bélgica.
Jesuita y teólogo de Lovaina, también conocido como Leonardus Lessius. Su trabajo forma parte del encuentro entre teología moral, derecho natural y saber jurídico.
Su recepción de autores hispánicos permite seguir la difusión de la reflexión escolástica sobre justicia y obligaciones fuera de la península ibérica.
Pedro de Valencia
EspañaHumanista de Zafra, estudioso de la Biblia y cronista. Intervino en debates religiosos, sociales y políticos de la monarquía hispánica.
Sus reflexiones sobre los moriscos permiten estudiar una posición crítica ante soluciones coercitivas y las tensiones entre convivencia, conciencia y autoridad.
José de Herrera
España / Virreinato de Nueva EspañaAgustino que pasó de Sevilla a México en 1557 y desarrolló una actividad docente en Teología. Se le atribuye también el conocimiento de latín, griego y hebreo.
Su trayectoria enlaza formación lingüística, enseñanza teológica y circulación transatlántica del saber en el mundo hispánico.
Baltasar Álvares
Reino de PortugalJesuita portugués y colaborador del Curso Conimbricense. Su tratado sobre el alma separada se incorporó como apéndice al comentario sobre De anima de Aristóteles, publicado en 1598.
Examina cuestiones sobre la naturaleza del alma y su subsistencia. Su aportación permite comprender la antropología metafísica sobre la que los escolásticos construían sus reflexiones acerca de la persona y de la responsabilidad moral.
Antonio Padilla de Meneses
EspañaJurista del entorno salmantino y autor de comentarios al derecho romano publicados en 1563. La fecha indica actividad intelectual documentada.
Examinó la lesión en la compraventa y la relación entre precio, engaño y justicia conmutativa, en diálogo crítico con otros juristas de su tiempo.
Juan Pérez de Menacho
Virreinato del PerúJesuita limeño y profesor de Teología en San Marcos. Su producción intelectual, transmitida en parte mediante manuscritos, constituye un capítulo relevante de la escolástica peruana.
Su obra permite seguir la elaboración americana de la teología moral y jurídica, y no solamente su recepción desde Europa.
Pedro de Oñate
España / Virreinato del PerúJesuita nacido en Valladolid, con una extensa trayectoria americana. Su De contractibus constituye un estudio sistemático de las relaciones contractuales.
Analizó las obligaciones del intercambio y problemas como los monopolios, incorporando los contratos a una reflexión moral sobre justicia y vida económica.
Sebastião do Couto
Reino de PortugalJesuita nacido en Olivenza, entonces perteneciente al reino de Portugal. Fue profesor en Évora y redactó el volumen de lógica del Curso Conimbricense, publicado en 1606. Su obra estudia la argumentación, la demostración y los signos.
La precisión conceptual y el análisis de los signos forman parte de la infraestructura intelectual de la escolástica. Couto permite mostrar cómo el razonamiento filosófico sostenía el debate sobre verdad, conciencia y acción humana.
Basilio Ponce de León
EspañaAgustino y teólogo vinculado a Salamanca. Su actividad intelectual pertenece a la continuidad de la tradición universitaria hispánica entre los siglos XVI y XVII.
Su trayectoria permite reconocer el papel de los agustinos en la transmisión y discusión de la teología, junto a dominicos, jesuitas y franciscanos.
Serafim de Freitas
Reino de Portugal / Corona de CastillaJurista y religioso mercedario portugués vinculado a Valladolid. En De iusto imperio Lusitanorum Asiatico (1625) respondió al Mare liberum de Hugo Grocio y defendió las pretensiones portuguesas sobre navegación, comercio y dominio en Asia.
Su controversia permite estudiar el derecho de gentes y los límites jurídicos del poder marítimo. Sus conclusiones favorables a privilegios portugueses muestran que una tradición de razonamiento común podía conducir a posiciones enfrentadas sobre la libertad de comercio.
Diego Pérez de Salamanca
EspañaJurista y profesor de derecho canónico, conocido por sus comentarios a las ordenanzas de Castilla. La fecha señala una edición documentada de su obra, no su nacimiento.
Su trabajo permite seguir la relación entre el derecho aprendido en las universidades y la interpretación de las leyes del reino.

Juan de Solórzano Pereira
España / Virreinato del PerúJuan de Solórzano Pereira nació en Madrid en 1575 y murió en 1655. Jurista y alto funcionario de la monarquía hispánica, fue oidor en Lima y miembro del Consejo de Indias. Representa la aplicación práctica del pensamiento escolástico al gobierno de un imperio mundial.
Su obra principal, De Indiarum Iure (1629–1639), es una vasta sistematización del derecho indiano. En ella intenta resolver un problema inédito: cómo gobernar jurídicamente territorios y pueblos culturalmente distintos sin convertir la dominación en mera fuerza.
Solórzano desarrolla la idea de pluralismo jurídico dentro de un orden común. Las comunidades locales conservan sus normas mientras no contradigan la ley natural. El imperio no uniformiza totalmente; integra.
Este planteamiento anticipa el constitucionalismo multinacional moderno: la autoridad política no destruye comunidades, las coordina bajo principios superiores de justicia. El poder legítimo no es homogeneizador sino articulador.
Su pensamiento transforma el derecho natural en derecho administrativo global. La política deja de ser dominio territorial para convertirse en sistema jurídico de convivencia entre pueblos.
Propuso un pluralismo jurídico donde las comunidades conservan sus normas bajo principios superiores de justicia.
Vicente Barrón
EspañaTeólogo dominico perteneciente al entorno de la Escuela de Salamanca. Su actividad docente está documentada en el siglo XVI; no se ofrece una fecha de nacimiento sin acreditación suficiente.
Forma parte de la red de maestros que difundieron la discusión teológica y moral más allá de las figuras más conocidas de la escuela.
Antonio de Hervías
Virreinato del Perú / Reino de Guatemala / Cartagena de IndiasDominico nombrado para las sedes episcopales de Arequipa, Verapaz y Cartagena de Indias. Se indican fechas de nombramientos, ante discrepancias sobre su cronología vital.
Su carrera muestra la circulación de religiosos y saberes entre distintas regiones americanas y las responsabilidades de gobierno asociadas a su formación teológica.
Esteban de Ávila
España / Virreinato del PerúJesuita y teólogo activo en Lima, también citado como Esteban Dávila. Ante la diversidad de fechas de nacimiento atribuidas, se señala su período de actividad documentada.
Su trabajo en la formación de confesores pertenece a la recepción y elaboración americana de la teología moral y de los problemas de conciencia.
Francisco Araújo
EspañaDominico, profesor de Prima de Teología en Salamanca y obispo de Segovia. Desarrolló una obra filosófica y teológica de orientación tomista.
Sus comentarios metafísicos prolongan el estudio de los fundamentos filosóficos sobre los que la escolástica construía su reflexión moral.
Andrés de Tordehumos
España / Virreinato de Nueva EspañaAgustino vinculado al mundo novohispano, autor de Apologia theologica, publicada en 1581. Se indica una fecha de actividad, pues sus fechas vitales no están suficientemente establecidas.
La impresión europea de su obra ilustra la circulación transatlántica de los escritos teológicos y la participación americana en esos debates.
Fernando de Castro Palao
EspañaJesuita y autor de una extensa obra moral sobre virtudes y vicios. Participó en la tradición casuística que examinaba los problemas de conciencia.
Su relación con el probabilismo sitúa su obra en los debates sobre cómo actuar cuando existen opiniones razonadas distintas acerca de una obligación.
Pedro de Tapia
EspañaDominico y obispo, autor de tratados teológicos y de intervenciones sobre asuntos del gobierno eclesiástico y la fiscalidad.
Su tratamiento de la prudencia y la justicia muestra la conexión entre la reflexión sobre las virtudes y las responsabilidades prácticas del gobierno.

Juan de Lugo
EspañaJuan de Lugo nació en Madrid en 1583 y murió en Roma en 1660. Jesuita, profesor en Salamanca y posteriormente cardenal en la Curia romana, pertenece a la fase tardía de la Segunda Escolástica, cuando el pensamiento salmantino ya se había difundido por toda Europa y América. Su obra representa una síntesis final del sistema antes del giro ilustrado.
Su tratado principal, De Iustitia et Iure (1642), es uno de los análisis más refinados del valor económico en la tradición escolástica. Lugo profundiza la noción de precio justo desarrollada por Soto y Molina y formula una teoría sorprendentemente cercana a la economía moderna: el valor no reside en la cosa ni en el trabajo incorporado, sino en la utilidad estimada por las personas.
Afirma que el precio depende de la apreciación subjetiva dentro de un contexto social concreto. Dos individuos pueden valorar un bien de forma distinta sin que ninguno se equivoque. El mercado no descubre una esencia objetiva del valor, sino que coordina expectativas humanas.
Esta idea anticipa directamente la teoría subjetiva del valor desarrollada siglos después por la economía marginalista. Pero en Lugo la conclusión es filosófica: la economía es un proceso de conocimiento social. El poder político no puede fijar precios porque no posee la información dispersa de la comunidad.
Así, el mercado aparece como un orden cognitivo colectivo, una institución social que transforma preferencias individuales en resultados coordinados. La justicia económica consiste en permitir ese proceso bajo reglas generales.
Con Lugo, la escolástica alcanza una comprensión casi moderna de la economía como sistema espontáneo de información, anticipando elementos centrales del pensamiento económico contemporáneo.
Formuló una teoría subjetiva del valor basada en la utilidad estimada, anticipando la economía marginalista.

Hugo Grocio
Delft, Provincias Unidas · Rostock, Sacro Imperio Romano GermánicoHugo de Groot, conocido como Hugo Grocio, nació en Delft en 1583 y murió en Rostock en 1645. Jurista, humanista y diplomático, vivió las tensiones políticas y religiosas de las Provincias Unidas y desarrolló parte de su obra en el exilio francés.
En Mare liberum (1609) y De iure belli ac pacis (1625) examinó el comercio, la guerra y las obligaciones entre comunidades políticas. Su argumentación combina fuentes clásicas, teología cristiana y jurisprudencia.
Grocio discutió a Francisco de Vitoria y a otros autores de la escolástica. Reelaboró cuestiones sobre la justicia de la guerra, el dominio y las relaciones entre pueblos dentro de un marco propio. Su trayectoria permite seguir la circulación europea de problemas que habían ocupado a los teólogos y juristas ibéricos.
Derecho natural y derecho de gentes: recepción y transformación de argumentos escolásticos en la jurisprudencia europea.
José Anglés
España / Reino de CerdeñaFranciscano formado en Salamanca y Valencia, posteriormente obispo de Bosa. Su trayectoria se relaciona con la tradición teológica escotista.
Recuerda la pluralidad de escuelas que participaron en la reflexión moral hispánica, junto a la línea tomista más conocida.
João de São Tomás (João Poinsot)
Reino de Portugal / Monarquía HispánicaDominico nacido en Lisboa, en el reino de Portugal, y fallecido en Fraga, en el reino de Aragón. Conocido también como Juan de Santo Tomás, enseñó en Alcalá de Henares. Sus cursos filosófico y teológico sistematizan la tradición aristotélica y tomista.
Destaca por su análisis del signo y del conocimiento, y por la articulación entre razón y teología. Representa una vertiente dominicana de la Segunda Escolástica, distinta de la jesuita, dentro de un horizonte intelectual compartido.

Juan de Palafox y Mendoza
España / Virreinato de Nueva EspañaJuan de Palafox y Mendoza nació el 24 de junio de 1600 en Fitero, en el Reino de Navarra, hijo natural de Jaime de Palafox, marqués de Ariza. Reconocido por su padre años después, recibió una formación humanista completa: estudió en las universidades de Huesca, Alcalá y Salamanca, donde entró en contacto con la tradición jurídica y teológica de la Segunda Escolástica. Esa educación marcó definitivamente su concepción del poder político: no como dominio, sino como responsabilidad moral.
Tras una carrera administrativa en la corte de Felipe IV —donde trabajó en el Consejo de Indias— fue nombrado en 1639 obispo de Puebla de los Ángeles y visitador general de Nueva España. Llegó a México en 1640 en un momento de corrupción estructural de la administración colonial. Su actuación no fue meramente pastoral: aplicó principios jurídicos derivados del derecho natural al gobierno concreto de la sociedad americana.
Durante su breve periodo como virrey interino (1642) intentó reformar el sistema fiscal, limitar la explotación de los indígenas y disciplinar a las élites locales. Consideraba que el imperio solo era legítimo si actuaba conforme al bien común y la justicia natural. Esta postura le enfrentó tanto a funcionarios civiles como a órdenes religiosas —especialmente a los jesuitas—, a quienes acusó de ejercer un poder económico y jurisdiccional incompatible con la unidad del orden político.
Su pensamiento aparece en memoriales, cartas pastorales y textos como Juicio interior y secreto de la monarquía para mí solo. En ellos desarrolla una concepción del poder sorprendentemente moderna: la autoridad es un oficio fiduciario. El rey no es propietario del reino, sino administrador de un orden moral anterior a él.
Palafox entendía la monarquía católica como una comunidad política plural regulada por leyes comunes, no como dominación personal. Por ello insistía en la responsabilidad moral del gobernante: el abuso administrativo equivale a tiranía aunque no exista violencia abierta.
Murió en 1659 como obispo de Osma tras ser apartado de América. Su proceso de beatificación —concluido en 2011— refleja la dimensión moral de su figura, pero su importancia histórica es también política: representa la traslación efectiva del constitucionalismo escolástico al gobierno real de sociedades complejas.
Defendió la autoridad como oficio fiduciario y la responsabilidad moral del gobernante ante la comunidad.

Juan Caramuel y Lobkowitz
EspañaJuan Caramuel nació en Madrid en 1606 y murió en Vigevano (Italia) en 1682. Cisterciense, matemático, lógico y teólogo, fue una de las mentes más originales del barroco europeo. Representa la transición entre escolástica y modernidad científica.
Su obra monumental, Theologia moralis fundamentalis (1652) y tratados posteriores de lógica y probabilidad, intentan matematizar el razonamiento moral. Caramuel desarrolla un probabilismo avanzado en el que las decisiones humanas se toman bajo incertidumbre racional.
Esto tiene consecuencias políticas: la ley no puede prever todos los casos concretos. El orden social requiere reglas generales y margen de decisión prudencial. El gobierno no controla completamente la sociedad porque la acción humana es inherentemente contingente.
Caramuel anticipa así una visión moderna del orden social como sistema complejo. La política debe gestionar probabilidades, no imponer determinismos.
Su pensamiento marca el paso de la escolástica clásica a la conciencia moderna de complejidad social: el orden no es mecánico sino adaptativo.
Aplicó el razonamiento probabilístico a la moral y la política, viendo el orden social como un sistema complejo.
Martín de Esparza Artieda
España / Estados PontificiosJesuita y teólogo navarro cuya trayectoria se vinculó a la enseñanza y a los debates morales del siglo XVII.
Su presencia muestra la prolongación de la Segunda Escolástica en los medios jesuitas y el carácter internacional de sus discusiones sobre la conducta humana.
Andrés Mendo
EspañaJesuita y escritor político, autor de Príncipe perfecto y ministros ajustados. Su obra empleó emblemas para transmitir enseñanzas políticas y morales.
Se inscribe en la educación ética del gobernante: el ejercicio de la autoridad debía juzgarse también por las virtudes y responsabilidades de quien gobierna.
Pedro de Agurto
Nueva España / Filipinas bajo la Monarquía HispánicaAgustino mexicano y primer obispo de Cebú. Fue autor de un tratado sobre la administración de los sacramentos a los indígenas de Nueva España.
Su trayectoria enlaza México y Filipinas, mostrando la dimensión transpacífica de la cultura teológica hispánica y sus debates sobre la vida religiosa indígena.
Andrés de la Madre de Dios
EspañaCarmelita y profesor de Teología en Salamanca, vinculado al Cursus moralis salmantino. Su actividad prolonga en el siglo XVII la elaboración sistemática de la teología moral.
La reflexión sobre la conciencia y la responsabilidad personal enlaza su obra con una de las preocupaciones centrales de la tradición escolástica.
Enrique de Villalobos
EspañaFranciscano y autor de teología moral vinculado a Zamora. Sus escritos pertenecen a la tradición de las sumas destinadas a ordenar cuestiones prácticas de conciencia.
Su lugar en esta colección responde a la continuidad de la casuística moral y a su atención a las obligaciones de la vida cotidiana.
Marcos Serra
EspañaDominico vinculado a Valencia, donde ejerció funciones docentes y de gobierno religioso. Publicó comentarios a la Suma teológica en el siglo XVII.
Su estudio de las cuestiones morales pertenece a la continuidad del comentario tomista y a la discusión sobre las condiciones de la acción humana.

Pedro Murillo Velarde
España / Capitanía General de FilipinasEl jesuita Pedro Murillo Velarde nació en Laujar de Andarax (Almería) en 1696 y fue destinado muy joven a Filipinas, donde desarrolló la mayor parte de su carrera intelectual. Allí enseñó derecho canónico y teología en la Universidad de Santo Tomás de Manila —la institución universitaria más antigua de Asia— y se convirtió en el principal jurista del archipiélago.
Su obra fundamental, Cursus Iuris Canonici Hispani et Indici (1743), constituye uno de los intentos más ambiciosos de sistematizar el orden jurídico de la monarquía hispánica en ultramar. No era un manual práctico de administración colonial, sino una reflexión teórica sobre la legitimidad del poder político en territorios lejanos: Filipinas no era una posesión del rey, sino una comunidad política integrada en un orden jurídico universal regido por el derecho natural.
Murillo Velarde aplicó la tradición salmantina a un contexto asiático multicultural. La autoridad debía gobernar conforme al bien común de las comunidades locales y respetar sus costumbres racionales. En consecuencia, el poder imperial quedaba limitado por la justicia objetiva. El imperio era legítimo sólo en la medida en que actuaba como garante del orden jurídico, no como propietario del territorio.
Su pensamiento muestra cómo la escolástica se convirtió en un derecho público global: una teoría política capaz de integrar pueblos distintos bajo principios jurídicos comunes sin necesidad de homogeneidad cultural. Esta idea será fundamental en la posterior reflexión constitucional filipina.
Aplicó la tradición de Salamanca al contexto asiático, defendiendo un orden jurídico universal basado en el derecho natural.
Domingo Muriel
España / Virreinato del Perú / Estados PontificiosDurante su estancia americana, Córdoba del Tucumán pertenecía al virreinato del Perú. Su expulsión en 1767 precedió a la creación del virreinato del Río de la Plata en 1776; murió en Faenza, en los Estados Pontificios, en 1795.
Jesuita nacido en Tamames, activo en Córdoba del Tucumán y exiliado en Italia tras la expulsión de 1767. Escribió Rudimenta iuris naturae et gentium.
Su obra prolonga la reflexión sobre derecho natural y derecho de gentes.

Pedro Rodríguez de Campomanes
EspañaNacido en Santa Eulalia de Sorriba (Asturias) en 1723, Campomanes fue abogado, economista y fiscal del Consejo de Castilla. Autodidacta brillante, se formó en historia jurídica y derecho natural en un momento en que la monarquía borbónica intentaba modernizar sus estructuras económicas.
En Discurso sobre el fomento de la industria popular (1774) y Discurso sobre la educación popular de los artesanos(1775), argumenta que la prosperidad no depende de monopolios ni privilegios gremiales, sino de la libertad productiva de la sociedad. Su crítica al mercantilismo es notable: el Estado no crea riqueza; solo puede eliminar obstáculos para que la sociedad la genere.
Aunque su lenguaje es ilustrado, su filosofía es heredera del pensamiento escolástico económico. Considera que el orden económico surge espontáneamente de la actividad humana y que la legislación debe adaptarse a él, no imponerle formas artificiales. La intervención excesiva genera pobreza porque contradice la naturaleza social del intercambio.
Campomanes representa el reformismo económico que prepara el terreno para el liberalismo posterior, pero sin ruptura revolucionaria: reforma la monarquía desde su propia tradición jurídica.
Defendió la libertad productiva frente a los monopolios, viendo el orden económico como un fenómeno social espontáneo.

Francisco Javier Clavijero
Virreinato de Nueva España / Estados PontificiosNació en Veracruz, virreinato de Nueva España, en 1731 y murió en Bolonia, entonces en los Estados Pontificios, en 1787.
Francisco Javier Clavijero nació el 9 de septiembre de 1731 en Veracruz, en el seno de una familia criolla profundamente vinculada a la administración colonial. Ingresó en la Compañía de Jesús en 1748 y recibió una sólida formación humanística y filosófica en los colegios jesuitas de Puebla, Oaxaca y Ciudad de México. Su educación estuvo marcada por la tradición escolástica tardía —especialmente suareciana—, pero también por la apertura intelectual hacia la ciencia moderna que caracterizaba a los jesuitas del siglo XVIII.
El acontecimiento decisivo de su vida fue la expulsión de los jesuitas de los dominios españoles en 1767 por orden de Carlos III. Como miles de religiosos, fue deportado a Italia y se estableció finalmente en Bolonia. El exilio transformó su pensamiento: lejos de América, tomó conciencia de la imagen profundamente negativa que la Ilustración europea difundía sobre el Nuevo Mundo.
Autores como Buffon, De Pauw o Robertson describían a América como un continente degenerado, biológicamente inferior y culturalmente atrasado. Clavijero respondió con una obra monumental: Historia antigua de México (publicada en italiano entre 1780 y 1781). En ella no sólo narra la historia prehispánica con rigor erudito, sino que articula una defensa filosófica de la racionalidad política indígena.
Su tesis central es radical: las sociedades americanas poseían instituciones políticas complejas, derecho consuetudinario, organización civil y estructuras educativas comparables a las europeas. No eran pueblos “naturales” en sentido primitivo, sino comunidades políticas completas según los criterios clásicos de la filosofía política.
Clavijero traslada así el universalismo escolástico al terreno histórico-cultural. Si todos los hombres participan de la misma razón natural, también todas las civilizaciones pueden desarrollar formas legítimas de orden político. Esta afirmación tiene consecuencias decisivas: cuestiona la superioridad civilizatoria europea y redefine la legitimidad del dominio colonial.
Su obra no es independentista en sentido directo, pero sí prepara el terreno conceptual de la emancipación. Al afirmar la autonomía cultural e histórica americana, establece la base moral para la autonomía política futura.
Murió en Bolonia el 2 de abril de 1787, poco antes de la Revolución Francesa. Sus restos fueron repatriados a México en el siglo XX, símbolo de su condición de padre intelectual del nacionalismo cultural mexicano. Filosóficamente, representa el paso de la escolástica universal a la conciencia histórica americana, eslabón clave en la transformación del derecho natural en identidad política.
Articuló una defensa filosófica de la racionalidad política indígena, sentando bases para la autonomía americana.

Gaspar Melchor de Jovellanos
EspañaGaspar Melchor de Jovellanos nació en Gijón el 5 de enero de 1744, en el seno de una familia hidalga asturiana. Se formó en Oviedo, Ávila y Alcalá de Henares dentro de un ambiente todavía profundamente marcado por el derecho natural clásico, que en España seguía enseñándose en continuidad con la tradición escolástica. Su carrera comenzó como magistrado y fiscal del Consejo de Órdenes, lo que le permitió conocer de primera mano la estructura institucional de la monarquía española.
Aunque suele clasificarse como ilustrado, Jovellanos no compartía el racionalismo constructivista francés. Su pensamiento partía de una convicción distinta: las instituciones políticas no se diseñan desde la abstracción, sino que brotan lentamente de la vida social. Esta idea aparece con claridad en su obra más influyente, Informe sobre la Ley Agraria (1795). Allí sostiene que la riqueza no procede del privilegio ni de la planificación estatal, sino de la libre interacción de los hombres dentro de un marco jurídico estable. El problema económico español no era moral ni técnico, sino institucional: la legislación impedía el despliegue natural de la sociedad.
Su defensa de la propiedad privada y de la libertad económica no es utilitarista, sino moral. Para Jovellanos, la propiedad cumple una función civilizadora: crea responsabilidad, previsión y autonomía personal. El gobierno debe protegerla, no dirigirla. Esta visión conecta directamente con la tradición salmantina, donde el orden social se entendía como resultado de la naturaleza social del hombre.
Durante la crisis de 1808 apoyó la convocatoria de Cortes, no como innovación revolucionaria, sino como recuperación histórica de la representación política tradicional. Murió en 1811 tras años de persecución política. Su obra constituye el puente intelectual entre la escolástica tardía y el constitucionalismo liberal moderado.
Defendió que las instituciones brotan de la vida social y que la propiedad privada es un pilar moral de la civilización.

Juan Pablo Viscardo y Guzmán
Virreinato del PerúJuan Pablo Viscardo y Guzmán nació en 1748 en Pampacolca, en el virreinato del Perú, dentro de una familia criolla plenamente integrada en la cultura jurídica de la monarquía hispánica. Educado por los jesuitas, recibió una formación típica de la tradición intelectual ibérica: teología moral, derecho natural tomista y pensamiento político escolástico. Su horizonte intelectual no era el del contractualismo moderno que comenzaba a difundirse en Europa, sino el del pactismo histórico propio del mundo hispánico, según el cual la autoridad política se ejerce como delegación de una comunidad previa.
La expulsión de los jesuitas en 1767 lo llevó al exilio en Italia y posteriormente a Inglaterra. Allí, lejos de su tierra, comenzó a reflexionar sobre la situación de América dentro de la monarquía española. No interpretó el problema en términos revolucionarios, sino jurídicos: América no había sido adquirida como propiedad de la corona, sino incorporada mediante vínculos políticos y morales. La obediencia, por tanto, dependía de la fidelidad del poder a su finalidad legítima.
Su Carta a los españoles americanos de 1791 constituye el primer gran manifiesto político de la emancipación hispanoamericana. En ella no apela a la soberanía abstracta del individuo ni a la voluntad general, sino a la ruptura de un vínculo jurídico. Cuando el poder deja de proteger el bien común, la obligación política desaparece. La independencia no aparece como ruptura del orden, sino como su restauración. Viscardo transforma así el lenguaje universitario de Suárez y Mariana en conciencia histórica americana: la comunidad política no nace del poder, sino que lo precede.
Murió en Londres en 1798, pero su obra fue difundida por Miranda y leída por los primeros patriotas. En él la escolástica deja de ser doctrina académica para convertirse en fundamento de una nueva legitimidad política.
Transformó el pactismo escolástico en conciencia independentista: si el poder no sirve al bien común, el vínculo se rompe.

Francisco de Miranda
Provincia de Venezuela, Monarquía Hispánica / EspañaEn 1750, Caracas pertenecía a la provincia de Venezuela, dentro de la Monarquía Hispánica. La Capitanía General de Venezuela, de jurisdicción más amplia, se constituyó en 1777, después de su nacimiento.
Sebastián Francisco de Miranda nació en Caracas el 28 de marzo de 1750, en una sociedad colonial todavía organizada según jerarquías jurídicas heredadas del mundo hispánico. Su educación en la Universidad de Caracas estuvo marcada por el currículo escolástico tardío: lógica aristotélica, derecho natural y teología moral. Aquella formación resulta decisiva, porque Miranda no partirá nunca de un racionalismo abstracto ni del contractualismo ilustrado puro; su horizonte inicial es el del pactismo jurídico de tradición ibérica, donde la autoridad existe como delegación y no como propiedad del poder.
Tras ingresar en el ejército español, su vida se convirtió en un continuo viaje por el Atlántico revolucionario. Recorrió Europa y América, combatió en la Guerra de Independencia de los Estados Unidos, convivió con figuras como Washington o Hamilton y participó después en la Revolución francesa, donde alcanzó rango de general. Pocas biografías condensan de forma tan directa la experiencia política del siglo XVIII: monarquía imperial, revolución americana y revolución europea atravesaron literalmente la misma vida.
Sin embargo, Miranda no adoptó simplemente el modelo político que encontraba en cada lugar. Su originalidad consiste precisamente en intentar reconciliarlos. Observó en Inglaterra un equilibrio constitucional, en Estados Unidos una soberanía organizada y en Francia una energía revolucionaria; pero creyó que ninguno podía trasladarse intacto al mundo hispánico. América no debía imitar: debía continuar su propia tradición política.
Cuando la monarquía española colapsó en 1808, interpretó la crisis con categorías muy cercanas a la doctrina de Suárez: si desaparece el rey legítimo, la soberanía retorna a los pueblos que habían pactado con la corona. La independencia no significaba romper el orden jurídico, sino preservarlo en ausencia del titular del poder.
Aquí aparece la aportación propiamente mirandina. A diferencia de otros revolucionarios, no se limita a justificar la emancipación; intenta diseñar su forma institucional. Estudia el parlamentarismo británico, el federalismo norteamericano y la tradición republicana clásica para proyectar la Colombeia, una monarquía constitucional continental americana. No era un gesto utópico, sino un intento de fundar un orden político nuevo sin destruir su legitimidad histórica.
Su pensamiento es así una síntesis singular: la herencia escolástica del poder delegado, el constitucionalismo inglés, el federalismo estadounidense y la ciudadanía republicana clásica convergen en una misma arquitectura política. Su revolución no pretendía borrar el pasado, sino hacerlo viable en un mundo moderno.
Murió prisionero en Cádiz en 1816, pero su proyecto sobrevivió en la imaginación constitucional hispanoamericana y en la obra de sus discípulos, especialmente Bolívar. Filosóficamente, Miranda representa el momento en que la teoría escolástica de la soberanía popular deja de ser argumento jurídico y se convierte en diseño institucional concreto: la transición de la legitimidad al Estado.
Sintetizó la soberanía popular escolástica con el constitucionalismo moderno para diseñar la libertad de América.

Francisco Martínez Marina
EspañaNacido en Oviedo en 1754, sacerdote e historiador, dedicó su vida a estudiar las instituciones medievales españolas. En Teoría de las Cortes (1813) argumenta que la representación política existía en la monarquía hispánica siglos antes del liberalismo moderno.
Para Marina, la soberanía nacional proclamada en Cádiz no era un principio revolucionario, sino la formulación moderna de un pacto histórico. El poder real había estado siempre limitado por la comunidad política.
Su obra fue decisiva para legitimar la Constitución de 1812 como continuidad histórica y no como ruptura.
En Teoría de las Cortes (1813) argumenta que la representación política existía en la monarquía hispánica siglos antes del liberalismo moderno. Para Marina, la soberanía nacional proclamada en Cádiz no era un principio revolucionario, sino la formulación moderna de un pacto histórico. El poder real había estado siempre limitado por la comunidad política. Su obra fue decisiva para legitimar la Constitución de 1812 como continuidad histórica y no como ruptura.

Juan Pablo Forner
EspañaForner nació en Mérida en 1756 y se formó como jurista en Salamanca. Fue fiscal del Consejo de Castilla y polemista incansable contra la imitación acrítica de la filosofía francesa. Consideraba que el racionalismo abstracto ignoraba la experiencia histórica de las instituciones.
Defendió que el derecho no nace de teorías universales creadas por filósofos, sino de la práctica social sedimentada en el tiempo. La comunidad política es anterior a la teoría política. Esta postura lo sitúa cerca del realismo jurídico escolástico, donde la ley humana debe reflejar la naturaleza social concreta.
Sus escritos preparan el terreno intelectual para el constitucionalismo histórico español: las libertades no se inventan, se reconocen.
Defendió que el derecho nace de la práctica social sedimentada y no de teorías universales inventadas.

Melchor de Talamantes
Virreinato del Perú / Virreinato de Nueva EspañaMelchor de Talamantes nació en Lima en 1765 e ingresó en la orden mercedaria. Tras establecerse en Nueva España se convirtió en uno de los juristas más lúcidos del periodo previo a la independencia. Cuando la monarquía española colapsó en 1808, aplicó rigurosamente la doctrina clásica de la soberanía.
Sostuvo que, ante la ausencia del monarca, el poder político retorna al cuerpo social que lo había delegado. No se trataba de crear un nuevo poder, sino de evitar su desaparición. La comunidad novohispana debía autogobernarse para conservar la legitimidad jurídica.
Sus escritos constituyen una de las aplicaciones más puras del pensamiento de Suárez en la práctica política. Fue arrestado y murió en prisión en 1809 antes del estallido independentista, pero su razonamiento reapareció en las juntas americanas posteriores. En él la independencia se formula como continuidad jurídica del orden hispánico.
Aplicó la doctrina de Suárez ante la crisis de 1808: el poder retorna al pueblo cuando la autoridad legítima desaparece.

Servando Teresa de Mier
Virreinato de Nueva España / México independienteJosé Servando Teresa de Mier y Noriega nació en Monterrey el 18 de octubre de 1765. Ingresó en la Orden de Predicadores (dominicos) y destacó desde joven por su brillantez intelectual. Fue profesor de teología y predicador reconocido, pero su vida dio un giro decisivo en 1794 cuando pronunció un célebre sermón en el que cuestionaba la narrativa tradicional sobre la aparición de la Virgen de Guadalupe.
Ese sermón le valió persecución, encarcelamientos y largos años de exilio en España, Francia, Inglaterra e Italia. Durante este periplo entró en contacto con el pensamiento político ilustrado y con los debates constitucionales europeos, sin abandonar su formación escolástica.
El acontecimiento que transforma definitivamente su pensamiento político es la crisis de 1808: la invasión napoleónica de España y la abdicación forzada de Fernando VII. Aquí aplica directamente la doctrina suareciana de la soberanía.
Siguiendo la tesis formulada por Francisco Suárez en Defensio Fidei (1613), Mier sostiene que el poder político procede de Dios pero reside inmediatamente en la comunidad política, que lo delega en el gobernante. Si el rey legítimo desaparece o pierde capacidad de gobierno, la soberanía retorna al pueblo.
Para Mier, esto significa que los territorios americanos no están obligados a obedecer autoridades peninsulares ilegítimas. La independencia no es rebelión, sino restauración del orden jurídico natural.
En obras como Historia de la Revolución de Nueva España** (1813) desarrolla este argumento con claridad jurídica: América no se separa arbitrariamente, sino que ejerce un derecho político preexistente.
Lo original de Mier es la fusión entre escolástica y constitucionalismo moderno. No abandona el derecho natural clásico, pero lo articula con conceptos como representación, constitución escrita y división de poderes.
Participó activamente en la vida política mexicana tras la independencia, fue diputado en el Congreso Constituyente y defendió modelos republicanos moderados frente a tendencias centralistas o monárquicas.
Murió en Ciudad de México el 3 de diciembre de 1827. Su legado filosófico radica en haber convertido la tradición escolástica de soberanía popular en argumento jurídico revolucionario. En él, la emancipación americana aparece no como ruptura ideológica con Europa, sino como consecuencia coherente de la propia tradición jurídica ibérica.
Utilizó la doctrina de Suárez para justificar la independencia como restauración del orden jurídico natural.

Camilo Henríquez
Reino de Chile / Chile independienteCamilo Henríquez nació en Valdivia en 1769 y se educó en Lima dentro de la formación teológica tradicional. Sacerdote, periodista y agitador político, fue el gran mediador entre la doctrina jurídica y la opinión pública. Mientras otros pensadores formulaban argumentos en tratados, él los convirtió en lenguaje político.
A través de La Aurora de Chile difundió la idea de que la comunidad política conserva su soberanía cuando desaparece la autoridad legítima. Esta tesis no era un préstamo de la filosofía revolucionaria francesa, sino una adaptación al lenguaje popular de la doctrina suareciana del poder delegado. Para Henríquez, la independencia no creaba una sociedad nueva: permitía a la sociedad existente gobernarse conforme a su naturaleza.
Su importancia reside en haber demostrado que la tradición escolástica no era una especulación universitaria sino una cultura política compartida. Murió en Santiago en 1825 tras contribuir decisivamente a legitimar la independencia chilena.
Adaptó el pactismo suareciano al lenguaje popular, legitimando el autogobierno como exigencia de la naturaleza social.

Andrés Bello
Capitanía General de Venezuela / Chile independienteAndrés Bello nació en Caracas en 1781 y vivió posteriormente en Londres y Chile. Humanista universal, recibió una educación profundamente marcada por el derecho natural clásico antes de entrar en contacto con el pensamiento británico. Su obra madura busca estabilizar políticamente las nuevas repúblicas mediante instituciones coherentes con su tradición jurídica.
Su Código Civil de Chile de 1855 no imita el modelo revolucionario francés, sino que integra derecho romano, tradición hispánica y racionalidad moderna. Bello entiende que la libertad política requiere seguridad jurídica y continuidad institucional. La ley positiva debe expresar principios morales anteriores al Estado.
Así, culmina el proceso iniciado por los escolásticos: la soberanía popular deja de ser argumento de resistencia para convertirse en orden civil permanente. Murió en Santiago en 1865 dejando la arquitectura jurídica más duradera de Hispanoamérica.
Estabilizó las repúblicas integrando la tradición jurídica hispánica con la racionalidad moderna y la seguridad jurídica.

Lucas Alamán
Virreinato de Nueva España / México independienteLucas Ignacio Alamán nació en Guanajuato en 1792, en el seno de una familia criolla acomodada vinculada a la administración virreinal. Vivió directamente el trauma fundacional de Hispanoamérica: la independencia no como liberación romántica sino como ruptura civilizatoria. A diferencia de los revolucionarios de su tiempo, Alamán interpretó el proceso no en clave de emancipación ideológica, sino como quiebra de un orden jurídico previo.
Su obra histórica —especialmente Historia de Méjico (1849–1852)— no pretende glorificar el pasado colonial, sino explicar por qué las nuevas repúblicas caían en inestabilidad permanente. Su conclusión es profundamente escolástica: el problema no es quién gobierna, sino la desaparición del fundamento moral del poder. La monarquía hispánica funcionaba porque la autoridad estaba jurídicamente limitada por fueros, corporaciones y costumbres. La república revolucionaria fracasa porque sustituye ese orden plural por soberanía abstracta.
Alamán rechaza tanto el absolutismo como el jacobinismo: ambos comparten la misma raíz, la concentración de soberanía. La tradición hispánica, en cambio, había desarrollado una estructura política policéntrica donde municipios, gremios, Iglesia y provincias limitaban estructuralmente al poder. Esta concepción coincide con la idea escolástica del poder como potestas limitada por el orden social previo.
Por ello su pensamiento no es reaccionario sino institucional: intenta reconstruir un régimen político compatible con la naturaleza histórica de la sociedad mexicana. Es uno de los primeros en Hispanoamérica en formular que el constitucionalismo solo funciona si se apoya en una tradición moral previa, tesis que reaparecerá en el siglo XX en la teoría política contemporánea.
Afirmó que la libertad requiere un fundamento moral previo, criticando la soberanía abstracta sin límites.

José María Gutiérrez de Estrada
Virreinato de Nueva España / México independiente / FranciaCuando nació en Campeche en 1800, la ciudad formaba parte de Nueva España. Su carrera política posterior corresponde al México independiente.
Nacido en Campeche en 1800, Gutiérrez de Estrada fue diplomático, jurista y uno de los pensadores políticos más incomprendidos de México. Su Ensayo sobre el porvenir de México (1840) provocó escándalo al proponer una monarquía constitucional para el país. Sin embargo, su argumento no era dinástico ni nostálgico: era filosófico.
Sostuvo que la soberanía absoluta popular produce inestabilidad porque convierte la política en voluntad sin límites. La comunidad política no es una creación contractual instantánea sino una realidad histórica que exige continuidad institucional. En este punto retoma el pactismo hispánico: la autoridad legítima no surge de una elección puntual, sino de la articulación entre tradición social y representación.
Su crítica anticipa el problema de la democracia plebiscitaria moderna: cuando el poder deriva solo de la mayoría, deja de estar limitado por el bien común objetivo. Así, su propuesta monárquica era un medio para asegurar la neutralidad institucional del poder, no un retorno al absolutismo.
Propuso instituciones que aseguraran la neutralidad del poder y su subordinación al bien común.

Bartolomé Herrera
Virreinato del Perú / Perú independienteLa Lima de su nacimiento, en 1808, pertenecía al virreinato del Perú; su trayectoria posterior se desarrolló en el Perú independiente.
Bartolomé Herrera nació en Lima en 1808, apenas unos años antes de la independencia peruana. Se formó en el Convictorio de San Carlos —centro heredero directo de la tradición universitaria virreinal— del que llegaría a ser rector. Fue sacerdote, jurista, educador y uno de los arquitectos intelectuales del Estado peruano temprano.
Su doctrina más conocida, la “soberanía de la inteligencia”, ha sido frecuentemente malinterpretada como elitismo político. En realidad, Herrera pretendía resolver un problema filosófico surgido tras la independencia: si la soberanía reside sin mediaciones en la voluntad popular, el poder carece de límites internos. La política se convierte en voluntad mayoritaria cambiante.
Herrera responde con categorías heredadas de la escolástica: la soberanía pertenece a la comunidad política, pero su ejercicio debe orientarse por la razón y el bien común. La legitimidad no proviene del número sino de la adecuación a la justicia. La comunidad delega el poder no para expresar deseos sino para realizar fines humanos objetivos.
Es, en esencia, la doctrina de Francisco Suárez trasladada a la república: el poder procede de Dios, reside originariamente en la comunidad y se confiere al gobernante para realizar el orden moral. No es propiedad del gobernante ni tampoco pura agregación de voluntades.
Su pensamiento fue decisivo porque intentó evitar que la independencia degenerara en caudillismo. Propuso un constitucionalismo orgánico donde instituciones intermedias, educación moral y derecho natural limitaran al poder político. La república debía sustituir a la monarquía sin destruir su fundamento jurídico.
Trasladó la doctrina de Suárez a la república, defendiendo que la soberanía debe orientarse por el bien común.

Juan Donoso Cortés
EspañaJuan Francisco María de la Salud Donoso Cortés nació en Don Benito (Badajoz) el 6 de mayo de 1809 y murió en París el 3 de mayo de 1853. Formado inicialmente en el liberalismo doctrinario, fue profesor, periodista, diputado y finalmente diplomático —embajador de España en Berlín y París—. Vivió desde dentro la crisis revolucionaria europea de 1848, que marcó decisivamente su evolución intelectual.
Su obra culminante, Ensayo sobre el catolicismo, el liberalismo y el socialismo (1851), es uno de los textos políticos más influyentes del siglo XIX europeo. Donoso formula allí una tesis radical: toda política descansa sobre una teología previa. Cuando una sociedad abandona la doctrina del pecado original, termina absolutizando al hombre —primero en el liberalismo parlamentario, después en el socialismo revolucionario—. El resultado inevitable es el Estado total.
Su relación con la tradición escolástica es profunda. Donoso no cita constantemente a Suárez o Mariana, pero su estructura conceptual es la misma: el poder no es soberano en sí mismo, sino que está limitado por un orden moral objetivo anterior. Sin ley natural, la libertad se convierte en voluntad pura y acaba destruyéndose. De ahí su famosa tesis de que las sociedades que pierden su fundamento moral oscilan entre la anarquía y la dictadura.
Donoso influirá decisivamente en pensadores posteriores como Carl Schmitt, pero también en el conservadurismo europeo al reinterpretar la tradición clásica en el contexto de la política de masas.
Advirtió que sin ley natural ni fundamento moral, la política degenera en anarquía o en el absolutismo estatal.

Alexandre Herculano
PortugalAlexandre Herculano nació en Lisboa en 1810 en plena crisis napoleónica. Combatió en las guerras liberales portuguesas y posteriormente se dedicó a la historia y al pensamiento político. Su obra historiográfica —especialmente História de Portugal (1846–1853)— no fue mera reconstrucción erudita, sino intervención intelectual en el debate sobre la legitimidad política moderna.
Frente a la interpretación liberal revolucionaria que identificaba el constitucionalismo con la ruptura de 1789, Herculano sostuvo que la Península Ibérica había conocido formas constitucionales mucho antes. Los municipios medievales, las cortes estamentales y los fueros limitaban estructuralmente al rey: el monarca gobernaba dentro de un orden jurídico previo.
Su tesis implicaba una crítica indirecta tanto al absolutismo como al jacobinismo. El problema político moderno no era la ausencia de constitución sino la pérdida de la tradición histórica que limitaba el poder. La soberanía absoluta —fuera del rey o del pueblo— era una anomalía moderna desconocida por la civilización ibérica.
Herculano recupera así la continuidad entre derecho medieval, escolástica y constitucionalismo: la libertad política no nace de la revolución, sino de instituciones históricas que reconocen la prioridad de la sociedad sobre el Estado.
Murió en Santarém en 1877.
Recuperó la tradición de municipios y fueros como el origen del constitucionalismo frente al modelo jacobino.

Jaime Balmes
EspañaJaime Luciano Balmes nació en Vic el 28 de agosto de 1810 y murió prematuramente en 1848. Sacerdote, filósofo y publicista, fue el gran sistematizador del pensamiento católico español en el siglo XIX.
Su obra principal, El protestantismo comparado con el catolicismo en sus relaciones con la civilización europea (1842–1844), intenta demostrar que las libertades europeas no nacieron contra la Iglesia, sino dentro de su concepción de la persona. Frente al relato ilustrado, Balmes sostiene que la limitación del poder político procede de la antropología cristiana: si el hombre posee dignidad moral, ningún poder puede ser absoluto.
Balmes representa la continuidad intelectual de la Segunda Escolástica adaptada al constitucionalismo moderno. Defiende parlamentos, representación y libertades, pero dentro de un orden moral objetivo. La libertad no es autonomía radical, sino armonía social fundada en la naturaleza humana.
Podría decirse que Balmes anticipa el constitucionalismo social europeo del siglo XX y ofrece una vía intermedia entre absolutismo y revolución.
Argumentó que las libertades europeas nacieron de la concepción cristiana de la persona y de la limitación del poder.

Marcelino Menéndez Pelayo
EspañaNacido en Santander el 3 de noviembre de 1856 y fallecido en 1912, fue filólogo, historiador y uno de los grandes eruditos europeos de su tiempo. Su importancia filosófica radica en haber reconstruido la continuidad intelectual de España.
En Historia de los heterodoxos españoles (1880–1882) y otros trabajos mostró que la cultura española no era marginal respecto a Europa, sino portadora de una tradición filosófica propia basada en teología, derecho natural y humanismo cristiano. Rescató a Vitoria, Suárez y la escolástica como autores centrales de la modernidad europea.
Menéndez Pelayo no desarrolla una filosofía política sistemática, pero cumple una función decisiva: devuelve conciencia histórica a la tradición hispánica de la libertad. Gracias a él, la Escuela de Salamanca vuelve a entrar en el canon intelectual.
Rescató a los escolásticos como autores centrales de la modernidad y devolvió conciencia histórica a la tradición hispánica.

José Rizal
Capitanía General de FilipinasJosé Rizal nació en Calamba (Luzón) en 1861, dentro de la élite ilustrada filipina formada en el sistema educativo español. Estudió medicina y filosofía en Manila y posteriormente en Madrid, París y Heidelberg. Fue ejecutado por las autoridades coloniales en 1896 y se convirtió en el principal símbolo intelectual de la nación filipina.
A diferencia de los revolucionarios europeos contemporáneos, Rizal no pensaba en términos de ruptura revolucionaria absoluta. Sus novelas Noli me tangere (1887) y El filibusterismo (1891) constituyen una crítica moral y jurídica del poder arbitrario: denuncia la corrupción administrativa porque contradice las propias leyes del orden político hispánico.
Su argumento es profundamente escolástico: la autoridad pierde legitimidad cuando viola la justicia. El problema no es España como principio político, sino la degeneración del poder respecto a su fundamento moral. Rizal exige derechos en nombre de la legalidad, no contra ella.
Así, la conciencia nacional filipina nace dentro de una lógica jurídica: el pueblo posee derechos previos al gobernante. Esta concepción facilitará posteriormente la transición al constitucionalismo moderno sin necesidad de una ruptura filosófica completa con la tradición anterior.
Exigió derechos en nombre de la legalidad hispánica, argumentando que la autoridad pierde legitimidad cuando viola la justicia.

Juan Vázquez de Mella
EspañaNacido en Cangas de Onís el 8 de junio de 1861, fue el principal teórico del tradicionalismo político español. Orador extraordinario y pensador sistemático, convirtió el viejo pactismo hispánico en teoría política moderna.
Para Vázquez de Mella, la sociedad no nace del contrato ni del Estado, sino de comunidades históricas previas: familia, municipio, gremio y región. La soberanía abstracta del Estado es una ficción moderna. La autoridad procede de la comunidad y se delega en el poder —una formulación casi directa de la doctrina suareciana.
Su pensamiento traslada la escolástica desde la teología al análisis sociopolítico: la libertad política requiere pluralidad institucional. Anticipa teorías contemporáneas sobre cuerpos intermedios y subsidiariedad.
Defendió una sociedad de comunidades históricas donde la autoridad es delegada por la comunidad viva y no absoluta.

Apolinario Mabini
Filipinas españolas / Primera República Filipina / Filipinas bajo administración estadounidenseNació en 1864 bajo la soberanía española. Tras su participación en la Primera República Filipina, murió en Manila en 1903, cuando las islas estaban bajo administración estadounidense.
Apolinario Mabini, nacido en Tanauan en 1864, fue el principal teórico político de la primera república filipina y asesor del presidente Emilio Aguinaldo. Paralítico desde joven, desarrolló una intensa labor intelectual durante el proceso independentista.
En textos como El verdadero decálogo (1898) y La revolución filipina (1899) elaboró una teoría del Estado basada en la soberanía moral de la comunidad. El gobierno existe para servir al bien común y queda moralmente limitado por la justicia. La ley injusta no obliga en conciencia.
Aunque influido por el liberalismo europeo, su estructura conceptual procede claramente de la tradición jurídica española: el poder no crea el derecho, lo administra. La independencia filipina se concibe así como restauración de la legitimidad política y no como creación arbitraria de un nuevo orden.
Mabini representa el paso final de la escolástica a la constitución republicana en Asia.
Elaboró una teoría del Estado basada en la soberanía moral: el gobierno existe para el bien común y está limitado por la justicia.

Miguel de Unamuno
EspañaMiguel de Unamuno nació en Bilbao en 1864 y se formó en la Universidad de Madrid, donde estudió filosofía y letras. Fue catedrático de griego en Salamanca y más tarde rector de su universidad, un lugar simbólico para la tradición intelectual española. Su obra no es escolástica en sentido técnico, pero dialoga constantemente con la herencia espiritual de la cultura hispánica.
Frente al racionalismo positivista del siglo XIX, Unamuno defendió que la vida humana no puede reducirse a sistemas abstractos. En libros como Del sentimiento trágico de la vida (1913) y La agonía del cristianismo (1925) sostiene que la razón política moderna fracasa cuando pretende organizar la sociedad como un mecanismo. La comunidad no nace de un contrato ni de una ingeniería social: nace de la conciencia moral compartida.
Este planteamiento conecta indirectamente con la tradición del derecho natural. La dignidad humana no depende del Estado ni de la historia, sino de la persona concreta. Para Unamuno, el problema político de Occidente consiste en haber olvidado la primacía de la conciencia sobre el poder. En ese sentido, su pensamiento recupera el núcleo antropológico de la escolástica: la política debe servir al hombre real y no a abstracciones colectivas.
Durante la crisis de la Restauración y la Segunda República defendió una idea de nación como comunidad histórica viva, no como construcción ideológica. La libertad política debía fundarse en la responsabilidad moral, no en la mera legalidad formal. Murió en Salamanca en 1936, convertido en símbolo de una tradición intelectual que entiende la política como extensión de la vida ética.
Recuperó el núcleo antropológico escolástico: la política debe servir al hombre real y la conciencia debe primar sobre el poder.

Ramiro de Maeztu
EspañaRamiro de Maeztu nació en Vitoria en 1874 y comenzó su trayectoria dentro del regeneracionismo y el pensamiento liberal europeo. Vivió largos años en Londres, donde estudió el parlamentarismo británico y la sociedad industrial moderna. Sin embargo, su experiencia de la Primera Guerra Mundial transformó radicalmente su pensamiento político.
En La crisis del humanismo (1919) y, sobre todo, en Defensa de la Hispanidad (1934), Maeztu sostiene que el mundo moderno ha confundido libertad con autonomía absoluta. La libertad occidental, afirma, no nació del individualismo sino de una tradición moral que limitaba el poder político mediante principios superiores a él.
Maeztu interpreta la historia de España como una civilización jurídica antes que étnica. La hispanidad sería una comunidad articulada por la idea de persona, dignidad y ley natural. No es nostalgia imperial, sino teoría política: la autoridad solo es legítima si reconoce derechos anteriores al Estado.
En su reflexión aparece claramente la herencia escolástica. El poder no crea la justicia; la reconoce. La sociedad no nace del pacto arbitrario; descansa en una naturaleza moral compartida. Frente al relativismo contemporáneo, propone una libertad vinculada a responsabilidad objetiva.
Murió en Madrid en 1936, asesinado al inicio de la Guerra Civil. Su obra representa la formulación moderna más explícita de la tradición política hispánica como alternativa intelectual dentro de Occidente.
Interpretó la Hispanidad como una civilización jurídica centrada en la dignidad de la persona y la ley natural.

José Ortega y Gasset
EspañaJosé Ortega y Gasset nació en Madrid en 1883 en el seno de una familia vinculada al mundo periodístico e intelectual. Formado en Madrid y Alemania, introdujo en España la filosofía contemporánea europea, especialmente el neokantismo y la fenomenología. Sin embargo, su reflexión histórica sobre España lo llevó a reconsiderar la tradición intelectual hispánica desde una perspectiva nueva.
Ortega no fue escolástico ni tradicionalista, pero comprendió que la modernidad española no podía explicarse mediante el mismo esquema que la europea septentrional. En obras como España invertebrada (1921) y La rebelión de las masas (1930) sostuvo que la vida política occidental depende de la existencia de minorías rectoras capaces de articular un proyecto común. Esta concepción, centrada en la comunidad histórica como sujeto político, se aproxima indirectamente a la idea clásica de comunidad previa al poder.
Su reflexión sobre la nación y la convivencia política reinterpreta la tradición hispánica del orden social no como contrato artificial, sino como realidad histórica compartida. Para Ortega, el Estado no crea la sociedad: la organiza. Esta prioridad de la vida social sobre la estructura política conecta con la vieja intuición del pensamiento escolástico, aunque expresada en lenguaje filosófico moderno.
Así, Ortega contribuye a integrar la tradición española en la historia intelectual europea no como anomalía, sino como vía alternativa de modernidad, basada en la continuidad histórica más que en la ruptura revolucionaria. Murió en Madrid en 1955, dejando una filosofía que, sin reivindicar explícitamente la escolástica, recupera su intuición fundamental: la política se apoya en una realidad social anterior al poder.
Comprendió que el Estado no crea la sociedad sino que la organiza, priorizando la vida social sobre la estructura política.

Víctor Andrés Belaúnde
PerúNacido en Arequipa en 1883, Belaúnde fue diplomático, profesor, ensayista y presidente de la Asamblea General de la ONU. Su obra se sitúa en el siglo XX, pero su horizonte intelectual es claramente heredero de la tradición hispánica.
En libros como Peruanidad (1942) y La crisis presente (1941) intenta responder a una cuestión fundamental: por qué Hispanoamérica vive en tensión permanente entre imitación europea y rechazo de su propia historia. Su respuesta es filosófica: América es hija de una civilización que combinó derecho romano, cristianismo y municipalismo medieval.
Para Belaúnde, la cultura política hispánica no es autoritaria ni individualista; es personalista. La persona no se entiende aislada ni absorbida por el Estado, sino integrada en comunidades históricas. Esta concepción procede del derecho natural clásico.
Así transforma la escolástica en teoría cultural: la política no es solo estructura jurídica, es una forma de convivencia moral. El constitucionalismo funciona cuando refleja una tradición viva, no cuando se copia un modelo abstracto. La libertad necesita arraigo histórico.
Definió la cultura política hispánica como personalista, integrando derechos humanos con el arraigo en comunidades históricas.

Salvador de Madariaga
EspañaSalvador de Madariaga nació en A Coruña el 23 de julio de 1886 en el seno de una familia liberal ilustrada vinculada a la administración del Estado. Se formó inicialmente como ingeniero en París, pero muy pronto orientó su vida hacia la diplomacia, la literatura y el pensamiento político. Esta doble formación —técnica y humanista— marcaría su obra: Madariaga no fue un filósofo sistemático al modo académico, sino un ensayista histórico preocupado por el fundamento moral de la política internacional.
Durante las primeras décadas del siglo XX ocupó cargos en la Sociedad de Naciones en Ginebra, una experiencia decisiva. Allí se enfrentó al problema central de la política contemporánea: cómo organizar la convivencia entre naciones sin recurrir permanentemente a la guerra. Este contexto le llevó a reflexionar sobre el origen de la idea misma de comunidad internacional. Frente a la visión habitual que la atribuía exclusivamente a la Ilustración o al liberalismo anglosajón, Madariaga encontró sus raíces en el pensamiento jurídico español del siglo XVI.
En obras como Englishmen, Frenchmen, Spaniards (1928) y España (1930) defendió que la gran aportación histórica española no había sido la conquista, sino la duda moral sobre la legitimidad de la conquista. A su juicio, el descubrimiento de América obligó a Europa a plantearse por primera vez si todos los hombres pertenecían a una misma comunidad jurídica. Los debates sobre los derechos de los indígenas, desarrollados por teólogos y juristas como Vitoria o Las Casas, introdujeron la idea de que la dignidad humana no dependía de la religión, la civilización ni la pertenencia política. Esa afirmación constituía el antecedente intelectual de los derechos humanos modernos.
Su carrera diplomática reforzó esta interpretación. Como embajador de España en Washington y París durante la Segunda República, y posteriormente como intelectual exiliado tras la Guerra Civil, Madariaga observó el nacimiento de las instituciones internacionales contemporáneas —Naciones Unidas, declaraciones universales de derechos— como la culminación de un proceso mucho más largo. Para él, el lenguaje moderno de los derechos universales no era una ruptura con el pasado cristiano europeo, sino su secularización. La igualdad jurídica proclamada en el siglo XX prolongaba la afirmación escolástica de que toda persona posee derechos por naturaleza.
En sus biografías de figuras históricas como Colón, Cortés o Bolívar insistió en esta continuidad: la historia atlántica no debía entenderse como choque entre civilizaciones, sino como desarrollo progresivo de una conciencia universal de la humanidad. América, en su visión, fue el escenario donde Europa descubrió que la política debía justificarse moralmente ante todos los hombres. Esa exigencia —no gobernar simplemente porque se puede, sino porque es justo— constituye el núcleo de los derechos universales.
Madariaga murió en Locarno el 14 de diciembre de 1978. Su aportación intelectual puede resumirse así: interpretó la tradición hispánica como uno de los orígenes históricos de la idea moderna de humanidad jurídica común. Para él, los derechos humanos no nacen únicamente de la revolución política moderna, sino de una tradición previa que afirmó la dignidad de la persona frente al poder. Con ello situó la experiencia española dentro de la genealogía moral de la civilización occidental contemporánea.
Situó el origen de los derechos humanos modernos en las dudas morales escolásticas sobre la legitimidad de la conquista.

António Sardinha
PortugalAntónio Sardinha nació en Monforte en 1887 y fue el principal pensador del integralismo lusitano. Su obra aparece en el contexto de la crisis de la Primera República portuguesa, percibida por él como consecuencia de la importación del modelo jacobino francés.
En A Aliança Peninsular (1924) defendió que España y Portugal forman una misma civilización política caracterizada por municipalismo, corporativismo social y limitación histórica del poder. Para Sardinha, la tradición ibérica no conoció la soberanía absoluta: ni el rey ni la nación eran omnipotentes; ambos estaban subordinados a un orden moral y social previo.
Su pensamiento distingue radicalmente autoridad y poder: la autoridad surge de la comunidad viva, mientras el poder moderno pretende crearse a sí mismo. En esto retoma explícitamente la antropología política escolástica: la sociedad no nace del contrato ni de la voluntad, sino de la naturaleza social del hombre.
Murió prematuramente en 1925, pero su obra anticipa gran parte de la crítica contemporánea al Estado ideológico.
Defendió que la civilización ibérica no conoció la soberanía absoluta, estando el poder siempre subordinado a la sociedad.

Cabral de Moncada
PortugalLuís Cabral de Moncada nació en Lisboa en 1888 y fue uno de los grandes filósofos del derecho portugueses del siglo XX. Profesor en Coimbra, desarrolló una crítica sistemática del positivismo jurídico dominante en Europa.
Para Moncada, la ley no es legítima por ser válida formalmente, sino por su conformidad con la justicia objetiva. Recupera así el principio escolástico clásico: el derecho no nace del legislador, sino que el legislador debe reconocer un orden previo.
Esta tesis implicaba una revisión completa de la soberanía moderna. El Estado no es fuente del derecho, sino instrumento del orden jurídico. La política se convierte en actividad prudencial subordinada a la moral.
Su obra constituye uno de los puentes más claros entre la Segunda Escolástica y la filosofía jurídica contemporánea, al restaurar el derecho natural en un contexto dominado por el normativismo kelseniano.
Murió en 1974.
Recuperó el principio de que el legislador no crea el derecho, sino que debe reconocer un orden de justicia objetivo.

Carl Schmitt
AlemaniaCarl Schmitt (1888–1985) fue un jurista y teórico político alemán. Su obra estudia la soberanía, la constitución y el orden internacional; su trayectoria incluye su adhesión al nazismo en 1933.
En Politische Theologie (1922) define al soberano por su capacidad de decidir sobre el estado de excepción. En Der Nomos der Erde (1950) estudia el orden jurídico internacional europeo. Su interés por autores como Donoso Cortés no lo convierte en defensor del gobierno limitado escolástico: su decisionismo debe distinguirse de esa tradición.
Analizó la soberanía, la excepción y el orden internacional desde una perspectiva decisionista, en tensión con el constitucionalismo liberal.

Julio Meinvielle
ArgentinaSacerdote y filósofo tomista argentino. Interpretó la modernidad como una progresiva emancipación del poder respecto de la verdad moral. Su crítica no es sociológica sino metafísica: cuando la política deja de reconocer un orden natural, se transforma en pura técnica de dominación.
Para Meinvielle la libertad no consiste en autonomía absoluta sino en orden racional del obrar humano. La comunidad política existe para facilitar la vida virtuosa, no para producir voluntades colectivas. Esta concepción prolonga directamente la antropología política de la Segunda Escolástica.
Afirmó que la política debe facilitar la vida virtuosa y que la libertad es el orden racional del obrar humano.

Jaime Eyzaguirre
ChileHistoriador chileno formado en la Universidad Católica de Chile, dedicó su obra a reinterpretar la independencia americana desde categorías jurídicas en lugar de ideológicas.
Frente a la narrativa revolucionaria —las colonias se liberan del absolutismo— Eyzaguirre muestra otra lógica: las juntas de gobierno se crean porque el rey desaparece. No se niega la legitimidad monárquica; se activa la retroversión de la soberanía al pueblo, doctrina formulada por Suárez.
Esto cambia completamente el significado histórico: la independencia no es ruptura contractual sino continuidad jurídica. América no inventa un orden nuevo; administra provisionalmente el antiguo.
Su obra revela que el constitucionalismo hispanoamericano nace dentro de la tradición jurídica europea previa, no como importación revolucionaria francesa. La política se legitima por continuidad institucional.
Demostró que la emancipación fue una activación de la soberanía popular escolástica y no una ruptura contractual.

Mariano Navarro Rubio
EspañaMariano Navarro Rubio nació en Burbáguena (Teruel) el 14 de noviembre de 1913 y falleció en Madrid el 3 de noviembre de 2001. Licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza, perteneció al Cuerpo Jurídico Militar y desarrolló parte de su carrera profesional en el Banco Popular.
Fue ministro de Hacienda entre 1957 y 1965 y gobernador del Banco de España entre julio de 1965 y julio de 1970. Participó, junto con Alberto Ullastres y otros responsables y economistas, en la preparación del Plan de Estabilización de 1959. Su trayectoria está ligada a la apertura de la economía española y a las reformas fiscales de aquella etapa.
Su relevancia reside en la política económica e institucional: participó en la estabilización y apertura de la economía española de 1959 y en la reforma tributaria de 1964.

Michel Villey
FranciaEl filósofo del derecho francés Michel Villey estudió la Segunda Escolástica en La formation de la pensée juridique moderne. Sostiene que la noción moderna de derecho subjetivo nace en la escolástica tardía, introduciendo a Salamanca en el debate filosófico contemporáneo sobre los derechos humanos.
Introdujo a la Escuela de Salamanca en el debate jurídico europeo moderno, identificándola como la cuna de los derechos subjetivos.

Mario Góngora
ChileMario Góngora (1915–1985) fue un historiador chileno dedicado a la historia colonial y a la formación política de Chile.
En Ensayo histórico sobre la noción de Estado en Chile en los siglos XIX y XX sostuvo que el Estado desempeñó un papel decisivo en la formación de la nación chilena. Su tesis destaca la acción histórica de las instituciones estatales y no debe confundirse con la afirmación contraria de que el Estado simplemente expresa una nación previamente constituida.
Estudió el papel del Estado en la formación histórica de la nación chilena.

Álvaro d’Ors
EspañaÁlvaro d’Ors (1915–2004) fue un jurista español especializado en derecho romano. Nació en Barcelona y murió en Pamplona; fue catedrático en Santiago de Compostela y en la Universidad de Navarra.
Su obra abarca el derecho romano, la historia jurídica y la filosofía del derecho. Distinguió entre auctoritas, saber socialmente reconocido, y potestas, poder socialmente reconocido. Esta distinción ocupa un lugar central en su crítica de la concentración moderna del poder.
Desarrolló la distinción entre autoridad y potestad y contribuyó a la investigación del derecho romano.

Rafael Termes Carreró
EspañaRafael Termes Carreró (1918–2005) nació en Sitges (Barcelona) y murió en Madrid. Ingeniero de formación, desarrolló su carrera en la banca y presidió la Asociación Española de Banca.
Sus ensayos examinan las relaciones entre economía de mercado, libertad y responsabilidad moral. Defendió una interpretación del capitalismo compatible con el humanismo cristiano; esta posición debe presentarse como su propuesta intelectual, no como una genealogía histórica indiscutida.
Relacionó la economía de mercado con la libertad personal y la responsabilidad moral.

Carlos Otto Stoetzer
Alemania / AméricaCarlos Otto Stoetzer (1921–2011) fue un historiador y politólogo dedicado al pensamiento político hispanoamericano. Desarrolló su actividad en instituciones como la Universidad de Fordham y estudió la presencia de la escolástica en los debates de la emancipación.
Entre sus obras figuran El pensamiento político en la América española durante el período de la emancipación (1789–1825) (1966) y The Scholastic Roots of the Spanish American Revolution (1979). Investigó la recepción de doctrinas sobre comunidad política, soberanía y resistencia; esa interpretación no implica que todos los procesos de independencia tuvieran una única fuente intelectual.
Investigó las raíces escolásticas del pensamiento político de la emancipación hispanoamericana.

Francisco Canals Vidal
EspañaFrancisco Canals Vidal nació en Barcelona el 21 de diciembre de 1922 y murió en la misma ciudad el 7 de febrero de 2009. Filósofo tomista y profesor durante décadas en la Universidad de Barcelona, fue una figura central del personalismo cristiano español del siglo XX. Su pensamiento se desarrolló en diálogo con la tradición aristotélico-tomista y con la filosofía moderna, especialmente frente al subjetivismo contemporáneo.
Canals defendió que la crisis política moderna es en realidad una crisis antropológica: al perder la noción de naturaleza humana, la política deja de orientarse al bien común y se transforma en pura técnica de organización del poder. Frente a ello recuperó la noción clásica de comunidad política como realidad moral antes que contractual.
En obras como Sobre la esencia del conocimiento, Política española: pasado y futuro o sus estudios sobre filosofía social, sostuvo que la sociedad no nace de un pacto entre individuos aislados sino de la sociabilidad natural de la persona. El poder político aparece entonces como una función al servicio de esa comunidad, no como instancia constituyente absoluta.
Esta tesis reproduce en clave contemporánea la estructura intelectual de la Segunda Escolástica: ley natural → bien común → legitimidad política. La libertad no consiste en ausencia de límites, sino en participación racional en un orden justo. Por eso, para Canals, el liberalismo histórico europeo no se opone al tomismo, sino que es una de sus consecuencias históricas cuando se traduce institucionalmente.
Su filosofía representa una de las reelaboraciones más coherentes del pensamiento político clásico en el siglo XX: la autoridad no se legitima por la voluntad sino por la verdad sobre el hombre. En ese sentido, Canals prolonga directamente la tradición hispánica que entendía la política como dimensión ética de la vida social y no como creación autónoma del poder.
Defendió que la sociedad nace de la sociabilidad natural de la persona y que el poder debe servir al bien común.

Ismael Sánchez Bella
EspañaIsmael Sánchez Bella (1922–2018) nació en Tordesilos (Guadalajara). Fue catedrático de Historia del Derecho y desempeñó un papel destacado en los comienzos de la Universidad de Navarra.
Investigó el derecho indiano y las instituciones de la América española, con especial atención a la organización financiera y a las relaciones entre Iglesia y Estado. Su obra permite estudiar la complejidad jurídica e institucional de la Monarquía Hispánica sin confundir sus normas con una realización uniforme de ideales políticos.
Investigó las instituciones y el derecho de la América española a partir de fuentes históricas.

Gonzalo Fernández de la Mora
EspañaGonzalo Fernández de la Mora nació en Barcelona el 30 de abril de 1924 y murió en Madrid el 10 de febrero de 2002. Doctor en Derecho, diplomático de carrera y posteriormente ministro de Obras Públicas (1970–1974), fue sobre todo un pensador político de largo alcance intelectual. Su obra se sitúa en un momento muy concreto de la historia europea: el agotamiento del lenguaje ideológico del siglo XIX y la transformación de la política en gestión administrativa de sociedades complejas.
Su libro más influyente, El crepúsculo de las ideologías (1965), parte de una tesis provocadora: las grandes cosmovisiones políticas modernas —liberalismo doctrinario, socialismo doctrinal, nacionalismo romántico— habían perdido capacidad explicativa en sociedades tecnificadas. La política real ya no se movía por principios absolutos sino por soluciones racionales a problemas concretos. Sin embargo, Fernández de la Mora no defendía una tecnocracia sin principios, sino lo contrario: la política sólo puede ser racional si reconoce que la verdad no nace de la voluntad política.
Aquí aparece su conexión profunda con la tradición clásica. Para él, el Estado no produce legitimidad; la administra. La legitimidad procede de la adecuación de las decisiones al bien común objetivo, no de la intensidad emocional de la mayoría ni de la movilización ideológica. Esta posición remite directamente a la estructura tomista de la ley natural: el poder político no crea el orden moral, sino que debe respetarlo y aplicarlo prudentemente.
En obras posteriores como La partitocracia (1977) o Los errores del cambio (1986) desarrolló una crítica sistemática al parlamentarismo entendido como lucha de voluntades soberanas. El problema de la modernidad política, según él, no era la falta de participación, sino la sustitución del gobierno prudencial por la competición ideológica permanente. La política degeneraba cuando pretendía ser creadora de valores en lugar de administradora de realidades.
Así, Fernández de la Mora reformuló en lenguaje contemporáneo una intuición central de la escolástica: el poder es limitado porque la realidad es anterior a la decisión. Su pensamiento anticipa muchas críticas actuales al populismo, al moralismo político y al decisionismo democrático, defendiendo una concepción del gobierno como prudencia institucional más que como expresión de soberanía absoluta.
Defendió una política racional subordinada al bien común objetivo, remitiendo a la ley natural.

António José de Brito
PortugalAntónio José de Brito (1927–2013) fue un filósofo portugués vinculado a la Universidad de Oporto. Su trabajo comprende cuestiones de lógica, conocimiento, ética y filosofía del derecho.
Su pensamiento se relaciona con el idealismo y con el estudio de Hegel. Su trayectoria intelectual y política no permite presentarlo, sin matices, como un defensor de las instituciones liberales ni como una simple prolongación de la Escuela de Salamanca.
Cultivó la filosofía del conocimiento, la ética y la filosofía del derecho desde una perspectiva idealista.

Juan Velarde Fuertes
EspañaJuan Velarde Fuertes (1927–2023) fue uno de los economistas e historiadores del pensamiento económico más influyentes de la España contemporánea y una figura clave en la recuperación intelectual de la tradición económica hispánica. Nacido en Salas (Asturias) el 26 de junio de 1927 y fallecido en Madrid el 3 de febrero de 2023, desarrolló una extensa carrera académica como catedrático de Economía Aplicada en la Universidad Complutense de Madrid, consejero del Tribunal de Cuentas y miembro de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas.
Aunque formado inicialmente dentro de la economía moderna, Velarde orientó buena parte de su obra a reconstruir la genealogía histórica del pensamiento económico español, cuestionando la idea —muy difundida en manuales anglosajones— de que la ciencia económica nace exclusivamente en el siglo XVIII con Adam Smith. En estudios como Historia del pensamiento económico español (1974), Economistas españoles contemporáneos (varias ediciones) o numerosos ensayos publicados durante décadas, mostró que conceptos fundamentales del análisis económico moderno habían sido ya formulados en los siglos XVI y XVII por la Escuela de Salamanca.
Velarde insistía en que la reflexión económica surgida en el mundo hispánico no fue marginal ni meramente teológica, sino un verdadero intento de comprender fenómenos económicos reales provocados por la primera globalización atlántica: inflación monetaria, comercio internacional, crédito, banca y precios. En este sentido, defendió que autores como Azpilcueta, Soto o Mercado desarrollaron una teoría económica basada en la observación empírica del mercado, anticipando categorías que la economía clásica formularía siglos después. La economía no aparecía así como una invención ilustrada, sino como la secularización de un análisis moral previo sobre justicia, intercambio y propiedad.
Su aportación filosófica principal consistió en subrayar que la economía moderna nace dentro de una concepción jurídica del orden social: el mercado no es un mecanismo técnico autónomo, sino una institución humana vinculada al derecho natural y a la libertad civil. Para Velarde, la tradición económica liberal —incluida la anglosajona— no puede comprenderse sin esa base escolástica que entendía la propiedad, el contrato y el valor como expresiones de la sociabilidad humana. En consecuencia, la libertad económica no sería una construcción ideológica moderna, sino la evolución histórica de un principio moral previamente elaborado.
De este modo, Velarde actuó como puente entre historiografía económica, filosofía política y tradición cultural española. Su obra ayudó a reintegrar la Escuela de Salamanca en la historia general del pensamiento occidental y a mostrar que la génesis intelectual del constitucionalismo liberal —incluido el estadounidense— se apoya también en una herencia hispánica frecuentemente olvidada.
Reintegró la Escuela de Salamanca en la historia de la economía, resaltando su análisis moral del mercado.

Efraín González Morfín
MéxicoIntelectual y político del humanismo cristiano mexicano del siglo XX. Formado en filosofía tomista, desarrolló una concepción profundamente clásica de la democracia: no como soberanía de la voluntad sino como método moral de cooperación social.
Defendía que el Estado no crea derechos, sino que los reconoce. La política debe organizar el bien común respetando la primacía de la persona. Su pensamiento recupera la tradición escolástica en contexto moderno: la legitimidad política no depende solo de procedimientos sino de su adecuación a la naturaleza humana.
Defendió que el Estado no crea derechos sino que los reconoce, organizando el bien común según la naturaleza humana.

Dalmacio Negro Pavón
EspañaDalmacio Negro Pavón (Madrid, 1931) es uno de los filósofos políticos españoles contemporáneos que con mayor sistematicidad ha estudiado la transformación del poder en la modernidad europea. Formado en Derecho y Ciencia Política y profundamente influido por el pensamiento histórico-político de Bertrand de Jouvenel, desarrolló su carrera académica en la Universidad Complutense de Madrid. Su obra se sitúa en la intersección entre historia de las ideas, filosofía política y teoría del Estado, con una preocupación constante: explicar cómo Occidente pasó de una civilización jurídica a una civilización estatal.
En libros como La tradición liberal y el Estado (1995), El mito del hombre nuevo (2009), Historia de las formas del Estado (2010) o Gobierno y Estado (2012), Negro sostiene que la modernidad política no consiste simplemente en la aparición de la democracia, sino en un fenómeno más profundo: la autonomización del poder político respecto de la sociedad. Para él, el Estado moderno no es sólo una institución administrativa, sino una nueva forma de poder que tiende a expandirse ilimitadamente porque ya no reconoce límites exteriores a sí mismo.
Aquí aparece su distinción central entre autoridad y poder. La autoridad, en la tradición europea clásica y medieval, era un principio social previo a la política: nacía de la costumbre, la religión, la familia, los cuerpos intermedios y el derecho. El gobernante ejercía un poder delegado y limitado por un orden moral objetivo. El poder, en cambio, es la capacidad de decisión autónoma que pretende crear la norma por sí mismo. Cuando el poder sustituye a la autoridad, la política deja de ser gobierno de un orden y pasa a ser producción de un orden.
Negro interpreta que la civilización europea —y de manera especialmente clara la hispánica— funcionó durante siglos sobre el primer modelo. El derecho natural, el pactismo, los fueros y la pluralidad de jurisdicciones impedían la concentración absoluta de soberanía. Esa estructura coincide con la concepción escolástica: el poder pertenece originariamente a la comunidad y el gobernante lo ejerce fiduciariamente en orden al bien común. La soberanía absoluta sería, por tanto, una ruptura histórica posterior, no el punto de partida de la política occidental.
En la modernidad, sin embargo, la soberanía pasa a identificarse con el Estado. Desde Bodin hasta las teorías contemporáneas de la voluntad política, el poder se vuelve creador de derecho y ya no reconoce una ley moral superior. Para Negro, este cambio explica tanto el absolutismo como los totalitarismos y también ciertas formas de democracia ilimitada: todos comparten la misma premisa, que la fuente última de legitimidad es la voluntad política organizada.
Por ello su lectura del liberalismo es singular. No lo entiende como exaltación individualista ni como simple doctrina económica, sino como la reacción histórica de la sociedad frente a la expansión del Estado. El constitucionalismo, la separación de poderes y las libertades civiles serían intentos de restaurar límites que antes proporcionaba el derecho natural clásico. En este sentido, el liberalismo no sería una ideología moderna autónoma, sino la supervivencia secularizada de la antigua concepción europea del poder limitado.
Así, Dalmacio Negro reconstruye una continuidad intelectual que conecta la tradición escolástica con el constitucionalismo occidental: primero existió un orden moral que subordinaba la política; después el Estado intentó emanciparse de él; y finalmente el liberalismo trató de reintroducir límites jurídicos a ese poder. Su pensamiento convierte la historia política de Occidente en la historia de la lucha entre autoridad social y poder soberano, una tensión que, a su juicio, sigue definiendo la política contemporánea.
Distinguió entre autoridad social y poder estatal autónomo, reivindicando los límites morales clásicos.

Carlos Alberto Sacheri
ArgentinaCarlos Alberto Sacheri (1933–1974) fue un filósofo argentino de orientación tomista. Realizó su formación doctoral en la Universidad Laval, en Quebec (Canadá), donde estudió con Charles De Koninck. Ejerció la docencia y participó en debates sobre filosofía y doctrina social católica.
Su obra aborda la ley natural, el bien común y las relaciones entre ética y política. Publicó La Iglesia clandestina (1970). Fue asesinado en Argentina en 1974. Sus posiciones deben situarse en las controversias religiosas y políticas de su tiempo, sin atribuirles automáticamente una filiación suareciana.
Desarrolló una reflexión tomista sobre la ley natural, el bien común y el orden social.

Pedro Schwartz
EspañaPedro Schwartz nació en Madrid en 1935 y es economista, historiador del pensamiento económico y académico de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. Formado en Londres, su obra se sitúa en el liberalismo clásico europeo, pero con una fuerte preocupación por la historia intelectual española.
Schwartz ha insistido en que el liberalismo no debe entenderse como una importación extranjera tardía en España. En sus trabajos sobre historia económica y constitucional sostiene que la tradición española contenía ya elementos de limitación del poder, protección de la propiedad y gobierno representativo antes de la Ilustración.
A diferencia de Huerta de Soto —más centrado en la continuidad doctrinal— Schwartz subraya la continuidad institucional: fueros, cortes, pactismo y tradición jurídica. Su aportación consiste en mostrar que el liberalismo español no fue anomalía ni imitación, sino evolución de una tradición propia interrumpida en el siglo XIX.
Subrayó la continuidad institucional de fueros y pactismo español como el origen de las libertades hispánicas.

Bernardino Bravo Lira
ChileJurista e historiador del derecho, discípulo intelectual de Góngora. Ha investigado durante décadas la continuidad institucional entre la monarquía hispánica y las repúblicas americanas.
Su trabajo demuestra empíricamente algo que la filosofía afirmaba teóricamente: el constitucionalismo americano no nace en 1776 ni en 1810, sino en la tradición jurisdiccional medieval y escolástica. Cabildos, audiencias y fueros ya limitaban el poder político.
Bravo Lira muestra así la transmisión atlántica de un modelo de poder no soberano: el gobernante administra un orden jurídico anterior a él. La república hereda esa estructura aunque cambie su forma.
Demostró que el constitucionalismo americano hereda la tradición medieval y escolástica de limitación del poder.

Rafael Alvira
EspañaRafael Alvira Domínguez nació en Zaragoza en 1942 y ha sido uno de los filósofos españoles más influyentes en la recuperación contemporánea de la tradición clásica y cristiana en el ámbito de la filosofía práctica. Catedrático de Filosofía en la Universidad de Navarra y discípulo intelectual de Leonardo Polo, su obra se sitúa en la intersección entre metafísica, ética social y filosofía política.
Alvira ha desarrollado una teoría de la sociedad centrada en la idea de comunidad como realidad previa al poder político. Frente al individualismo contractualista moderno, sostiene que la persona humana se constituye en relaciones de convivencia —familia, amistad, universidad, empresa— que poseen una racionalidad propia irreductible al Estado. Esta concepción retoma el principio clásico de sociabilidad natural del hombre formulado por Aristóteles y reelaborado por Tomás de Aquino, núcleo antropológico de la Segunda Escolástica.
En obras como La razón de ser hombre, Sociedad civil y sociedad política o Filosofía de la vida cotidiana, Alvira explica que la autoridad legítima surge de la vida social y no de la voluntad soberana abstracta. El poder político es una instancia subordinada al bien común, no su creador. De este modo recupera la noción escolástica de poder como delegación fiduciaria: la comunidad precede al Estado y lo limita moralmente.
Su aportación filosófica consiste en haber reformulado esa tradición para el mundo contemporáneo: la crisis de la modernidad política no se debe a un exceso de libertad, sino a la sustitución de la autoridad social por poder administrativo. En este punto, Alvira enlaza directamente con la línea intelectual que va de Vitoria y Suárez a los debates actuales sobre sociedad civil y constitucionalismo, mostrando que la tradición hispánica no es un vestigio histórico sino un marco conceptual todavía operativo para comprender la relación entre persona, comunidad y Estado.
Desarrolló una teoría de la sociedad centrada en la comunidad como realidad previa al Estado.

Constantino Ocha’a Mve Bengobesama
Guinea Española / Guinea EcuatorialConstantino Ocha’a Mve Bengobesama (1943–1991) fue un escritor y profesor de historia ecuatoguineano. Su obra trata la cultura fang y la historia e identidad de Guinea Ecuatorial.
Publicó Tradiciones del pueblo Fang (1981) y Guinea Ecuatorial, polémica y realidad (1985).
Estudió las tradiciones fang y la historia cultural de Guinea Ecuatorial.

Juan Belda Plans
EspañaJuan Belda Plans (1945–) es un sacerdote e historiador español especializado en historia de la teología y en la Escuela de Salamanca.
Su obra La Escuela de Salamanca y la renovación de la teología en el siglo XVI estudia a sus autores y el desarrollo de la teología salmantina. Su investigación ayuda a comprender ese contexto universitario e intelectual; no debe reducirse a una demostración de que la escolástica originó por sí sola el constitucionalismo moderno.
Investigó la historia de la teología y la renovación intelectual de la Escuela de Salamanca.

Jaime Nogueira Pinto
PortugalJaime Nogueira Pinto nació en Oporto en 1946. Es un ensayista y analista político portugués, formado en Derecho en la Universidad de Lisboa.
Su obra aborda la historia política contemporánea, las corrientes de la derecha y la identidad portuguesa. Se sitúa en el ámbito del pensamiento conservador; sus afinidades con tradiciones anteriores deben distinguirse de una influencia escolástica documentalmente acreditada.
Estudia las ideas políticas, el conservadurismo y la historia contemporánea portuguesa.

Olavo de Carvalho
BrasilOlavo Luiz Pimentel de Carvalho nació en Campinas (Brasil) el 29 de abril de 1947 y murió en Richmond (Virginia, EE. UU.) el 24 de enero de 2022. Periodista, ensayista y autodidacta en filosofía, desarrolló la mayor parte de su obra fuera de la universidad, pero ejerció una influencia cultural considerable en Brasil y en sectores del debate político iberoamericano contemporáneo.
Su obra central, O Jardim das Aflições (1995), ya contiene la intuición que recorrerá toda su producción: la modernidad política ha separado la vida intelectual de la experiencia moral y ha convertido la política en técnica de poder. En textos posteriores como O Imbecil Coletivo (1996) y O Mínimo que você precisa saber para não ser um idiota (2013), defendió que la cultura occidental sólo puede sostener la libertad si mantiene una noción objetiva de verdad.
Aunque Olavo no se presentó como escolástico, su pensamiento se sitúa dentro de una misma estructura intelectual. Su crítica al positivismo reproduce la distinción clásica entre legalidad y legitimidad desarrollada por la tradición del derecho natural ibérico. La política, para él, no crea el orden moral; debe reconocerlo. Su insistencia en que la conciencia personal y la verdad objetiva preceden a cualquier orden político recuerda la doctrina según la cual el poder es fiduciario.
Recuperó en el debate público contemporáneo la distinción clásica entre legalidad y legitimidad, defendiendo que la libertad política depende de una cultura filosófica que reconozca límites morales objetivos al poder.

Francisco Cabrillo Rodríguez
EspañaFrancisco Cabrillo nació en Madrid en 1948 y es uno de los economistas y juristas españoles contemporáneos que han contribuido a reinterpretar la tradición económica y jurídica española desde una perspectiva institucional y liberal. Catedrático de Economía Aplicada y profesor durante décadas en la Universidad Complutense de Madrid, su trabajo se sitúa en la intersección entre historia del pensamiento económico, análisis económico del derecho y teoría institucional.
Aunque su formación académica pertenece al campo económico moderno —influido por la escuela de Law & Economics y por la tradición neoinstitucional—, Cabrillo ha insistido en recuperar la profundidad histórica del pensamiento económico español, mostrando que muchos problemas actuales sobre regulación, mercado y poder político ya fueron formulados en la tradición hispánica del siglo XVI. En obras como Historia del pensamiento económico (varias ediciones desde 1996) y numerosos estudios sobre análisis económico del derecho, subraya que la economía no puede entenderse como pura técnica, sino como teoría del orden social: un sistema de normas, incentivos y expectativas que limita el poder arbitrario.
Desde esta perspectiva, Cabrillo se aproxima indirectamente a la Escuela de Salamanca. Su interés por el marco institucional del mercado —propiedad segura, cumplimiento de contratos, previsibilidad jurídica— conecta con la idea escolástica de que la economía depende de la justicia y no de la voluntad política. En sus trabajos sobre regulación y competencia insiste en que la intervención estatal suele generar efectos contrarios a los pretendidos cuando ignora el conocimiento disperso de la sociedad, una intuición que recuerda la noción salmantina del precio justo como resultado de la estimación común y no de la imposición de la autoridad.
También ha desarrollado análisis sobre la función del derecho como estructura de cooperación social. El derecho, para Cabrillo, no crea la riqueza ni el orden económico; los canaliza. Este planteamiento lo aproxima a la concepción clásica del poder como instrumento subordinado al orden social, en continuidad intelectual con la tradición jurídico-natural hispánica: el poder político es eficaz cuando reconoce límites previos a él.
Su aportación filosófica, por tanto, no consiste en reconstruir explícitamente la escolástica, sino en mostrar en lenguaje contemporáneo —económico y jurídico— la permanencia de su intuición central: la libertad económica y la seguridad jurídica son condiciones de la vida social, no concesiones del poder. Así, Cabrillo representa una de las traducciones actuales del viejo problema salmantino al marco de las instituciones modernas: cómo evitar que la autoridad administrativa sustituya al orden espontáneo de la sociedad civil.
Vinculó la libertad económica con la tradición institucional hispánica de limitación del poder arbitrario.

José Manuel Moreira
PortugalJosé Manuel Moreira nació en Lisboa en 1949. Es licenciado en Economía y Filosofía, máster en Filosofía Moderna y Contemporánea por la Universidade Católica Portuguesa (Braga) y doctor en Filosofía por la Universidad Pontificia Comillas (Madrid). Ha desarrollado su carrera académica como profesor titular de Ciencias Sociales y Políticas en la Universidad de Aveiro y fue director del Máster en Administración y Gestión Pública de la Universidade Católica Portuguesa (Oporto).
Intelectualmente, Moreira ha desempeñado un papel central en la recuperación y actualización en Portugal de cuatro grandes líneas de pensamiento: la ética económica y empresarial, la tradición económica austriaca, el análisis económico de la política y la teoría de la gobernanza. Su aproximación combina filosofía moral, teoría institucional y economía política, situando siempre el problema del poder dentro de un marco normativo previo, en clara continuidad con la tradición del derecho natural.
Una de sus contribuciones más relevantes para la tradición hispánica es el libro The Salamanca School, escrito junto con André Azevedo Alves y publicado dentro de la colección Major Conservative and Libertarian Thinkers Series. En esta obra, Moreira y Azevedo reconstruyen sistemáticamente la aportación de la Escuela de Salamanca a la teoría económica y política moderna, mostrando cómo autores como Vitoria, Soto, Azpilcueta o Mariana formularon conceptos fundamentales sobre valor subjetivo, mercado, dinero, soberanía popular y limitación del poder político mucho antes de la Ilustración británica. El libro sitúa explícitamente a la Segunda Escolástica dentro de la genealogía del liberalismo occidental, rompiendo la narrativa que reduce sus orígenes a la tradición anglosajona.
En sus trabajos sobre ética empresarial y economía política, Moreira insiste en que el mercado no es un simple mecanismo técnico de asignación, sino una institución moral basada en la libertad contractual, la responsabilidad personal y la limitación del poder estatal. Esta perspectiva entronca directamente con la tradición escolástica ibérica, donde la actividad económica forma parte del orden moral natural y donde la autoridad política carece de legitimidad para intervenir arbitrariamente en los intercambios libres.
Ha colaborado con el Instituto de Estudos Políticos de la Universidade Católica Portuguesa, el Instituto Nacional de Administração, la Escola de Administração do Porto, la Escola de Administração de Empresas y la Ordem dos Engenheiros. Es miembro de la Mont Pelerin Society, del Patronato del Instituto +Liberdade y del Consejo de Investigación del “Centro de Ética, Empresa e Economia” de la Universidade Católica Portuguesa. En el pasado, formó parte de los órganos de gobierno de la Associação Portuguesa de Ciência Política.
Autor y coautor de más de cuarenta libros y más de cien artículos académicos en revistas nacionales e internacionales, Moreira ha contribuido decisivamente a consolidar en el espacio lusófono una lectura del liberalismo compatible con la tradición clásica y escolástica. En su pensamiento, la libertad económica no es ruptura con la tradición, sino su desarrollo coherente: el poder político es instrumental y derivado, mientras que la dignidad humana y el orden moral son anteriores al Estado.
Dentro de la tradición hispánica de pensamiento político, José Manuel Moreira representa así una continuidad contemporánea que conecta Salamanca con el debate actual sobre constitucionalismo, economía de mercado y límites del poder público.
Situó a la Segunda Escolástica en la genealogía del liberalismo occidental, rompiendo la narrativa anglosajona.

Donato Ndongo-Bidyogo
Guinea Española / Guinea EcuatorialDonato Ndongo-Bidyogo nació en 1950 en Niefang, en la entonces Guinea Española. Perteneciente a la etnia fang y educado en el sistema escolar hispánico tardío, su formación intelectual se desarrolló en lengua española y dentro de un marco cultural donde la tradición jurídica peninsular —derecho civil, responsabilidad moral del poder y concepción ética de la autoridad— seguía siendo el lenguaje político dominante. Tras la independencia de Guinea Ecuatorial en 1968, el país entró rápidamente en un proceso de personalización del poder que obligó a muchos intelectuales al exilio; Ndongo fue uno de ellos, estableciéndose en España y desarrollando desde allí su obra literaria, ensayística e historiográfica.
Aunque conocido principalmente como novelista (Las tinieblas de tu memoria negra, 1987; Los poderes de la tempestad, 1997), su trabajo posee una dimensión filosófico-política profunda. Sus escritos giran en torno a una pregunta central: qué ocurre cuando el Estado pretende sustituir a la comunidad histórica que dice representar. En su análisis de la experiencia ecuatoguineana, el problema no es la existencia del Estado moderno en sí, sino su conversión en poder autónomo desligado del orden moral y social. El poder deja entonces de ser autoridad —fundada en reconocimiento y legitimidad— para convertirse en dominación.
Este diagnóstico se aproxima notablemente a categorías clásicas de la tradición jurídica hispánica. La autoridad política, implícitamente, aparece como una delegación fiduciaria: existe para custodiar un orden social previo, no para crearlo arbitrariamente. Cuando el gobernante se apropia de la comunidad política, rompe el fundamento mismo de la legitimidad. Ndongo describe así la crisis africana contemporánea no sólo como problema institucional, sino como ruptura entre poder y justicia, entre legalidad formal y legitimidad moral.
Su reflexión tiene además una dimensión histórica: interpreta la etapa colonial española no únicamente como dominación externa, sino también como introducción de un lenguaje jurídico —responsabilidad administrativa, apelación a normas, idea de bien común— que permitió posteriormente articular una crítica racional al autoritarismo postcolonial. La paradoja que recorre su obra es que la independencia política no garantiza por sí misma la libertad si el poder se emancipa de todo límite moral.
En ese sentido, Ndongo-Bidyogo prolonga en contexto africano una intuición característica del pensamiento político clásico europeo: el Estado legítimo es aquel que reconoce que no es soberano en sentido absoluto. Su literatura y su ensayo muestran cómo la dignidad personal y la comunidad social constituyen realidades anteriores al poder, y cómo toda política que olvida este hecho degenera en arbitrariedad. Así, aun sin formular una teoría sistemática, su obra puede leerse como una reflexión contemporánea sobre la vieja cuestión escolástica del origen y límites de la autoridad, trasladada a la experiencia poscolonial africana.
Reflexionó sobre la dignidad personal como realidad anterior al Estado y sobre los límites de la autoridad.

Jesús Huerta de Soto
EspañaJesús Huerta de Soto nació en Madrid en 1956 y es catedrático de Economía Política en la Universidad Rey Juan Carlos. Discípulo intelectual de la Escuela Austriaca de Economía, especialmente de Mises y Hayek, su contribución principal ha sido mostrar que muchas de las tesis consideradas características del liberalismo moderno ya estaban formuladas por la escolástica hispánica.
En Money, Bank Credit and Economic Cycles (1998) y en numerosos estudios históricos sostiene que autores de la Escuela de Salamanca habían desarrollado una teoría monetaria y bancaria sorprendentemente sofisticada: la inflación como impuesto oculto, la ilegitimidad de la manipulación monetaria y la función moral de la propiedad privada. Para Huerta de Soto, el mercado no es un mecanismo técnico, sino un proceso social espontáneo derivado de la libertad humana, exactamente como lo entendían los juristas salmantinos.
Su tesis central es histórica y filosófica a la vez: el liberalismo no nace contra la tradición católica europea, sino dentro de ella. El constitucionalismo limitado y la economía de mercado serían la secularización institucional de principios previamente elaborados por el derecho natural escolástico.
Demuestra la genealogía hispánica del liberalismo económico, vinculando la Escuela Austriaca con la Escuela de Salamanca, especialmente en la defensa del mercado como orden espontáneo y la crítica a la inflación como violación de la justicia.

Miguel Ayuso Torres
EspañaMiguel Ayuso Torres (Madrid, 1961) es jurista y profesor de Filosofía del Derecho. Desarrolla su actividad docente en la Facultad de Derecho (ICADE) de la Universidad Pontificia Comillas, donde comenzó a enseñar en 1987. Se licenció en Derecho en 1984 y obtuvo el doctorado en 1993.
Su obra aborda el derecho natural, el Estado y los fundamentos del orden político desde una perspectiva tradicionalista. Entre sus publicaciones figura Derecho natural: Defensores e impostores (2024). Su inclusión permite conocer una corriente crítica con los fundamentos del liberalismo, diferenciándola de los autores liberales presentes en esta colección.
Estudia el derecho natural y los fundamentos del orden jurídico y político desde el pensamiento tradicionalista.
Manuel da Costa
Portugal / EspañaJurista y humanista portugués vinculado a Salamanca y Coimbra. Su trayectoria combina el estudio del derecho con la cultura literaria renacentista.
Representa el intercambio intelectual entre las universidades ibéricas y la presencia del humanismo jurídico junto a la reflexión escolástica.
Juan de Lorenzana
España / Virreinato del PerúDominico activo en el Perú, vinculado al ambiente religioso de Lima y a la formación de Martín de Porres. Debe distinguirse de otros religiosos homónimos.
Su presencia ilustra la dimensión educativa y práctica de la teología moral en América, junto a su elaboración universitaria.